Sr. Defensor del Pueblo de la Nación
Suipacha 365 Ref: Pueblo Qom: persecución y muertes
C.A. de Buenos Aires
De nuestra mayor consideración:
La COMISION DE JURISTAS INDIGENAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CJIRA) con Personería Jurídica, Resolución 10344 – IGJ, Asociación Civil Expte. 82/40526; I.N.A.L. – COOPERACIÓN INTERALTERNATIVA, Personería Jurídica 9726 – IGJ, Entidad de Bien Público Nº 6899 y la ASOCIACIÓN CIVIL PANAMBI con Personería Jurídica en trámite ante la IGJ, se dirigen a Ud. con el objeto de solicitar la gestión de medidas urgentes para hacer cesar la persecución sistemática de dirigentes y miembros de las Comunidades de los Pueblos Indígenas de las provincias de Formosa y Chaco. Son de público conocimiento los homicidios, intentos de homicidios y amenazas que están sufriendo, desde hace largo tiempo, la Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh —La Primavera— en la Provincia de Formosa, y Villa Río Bermejito en la Provincia del Chaco.
Los casos que detallamos a continuación son una muestra, aunque incompleta, de los gravísimos ataques que sufren los miembros de las comunidades mencionadas.
1) 23/11/2010 – Muerte del abuelo Qom Roberto López – Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh —La Primavera— Pcia. de Formosa
2) 24/11/2010 – Muerte de Mario López, dirigente del Pueblo Pilagá cuando se dirigía a expresar la solidaridad de su comunidad a la Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh – Pcia. de Formosa.
3) 21/01/2011 – Muerte de Alberto Galván, Qom de El Colchón zona del Impenetrable – Pcia. del Chaco
4) 14/06/2011 – Muerte de Mártires López, líder del Pueblo Qom – Pcia. del Chaco
5) 28/06/2012 – Intento de homicidio de Abelardo Díaz, hijo de Félix Díaz, Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh – La Primavera – Pcia Formosa
6) 07/08/2012 – Intento de homicidio de Felix Díaz dirigente de la Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh – La Primavera – Pcia Formosa
7) 10/12/2012 – Muerte de Celestina Jara – Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh –La Primavera – Pcia Formosa
8) 10/12/2012 – Muerte de niña Natalia Lila Coyipe de 10 meses – Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh –La Primavera – Pcia Formosa
9) 10/12/2012 – Lesiones graves de Ricardo Coyipe esposo de Celestina Jara y abuelo de Natalia Lila Coyipe – Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh –La Primavera – Pcia Formosa
10) 04/01/2013 – Muerte del niño Imer Ilbercio Flores de 12 años – Villa Río Bermejito – Pcia. del Chaco
11) 10/01/13 – Muerte de Juan Daniel Díaz Asijak, de 16 años, sobrino del líder Félix Díaz, Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh – La Primavera – Pcia Formosa
12) 12/01/2013 – Intento de homicidio de Gerardo Rodríguez, Paraje El Colchón, Villa Río Bermejito, Pcia. del Chaco
Hechos tan graves como los aquí mencionados sucedieron y suceden, en todo el país. Sólo a modo de ejemplo citamos las provincias de Tucumán, Jujuy y Santiago del Estero, en las cuales, recientemente se produjeron homicidios tan brutales como éstos.
En la mayoría de los casos están involucradas las fuerzas de seguridad (Policía local y Gendarmería Nacional).
La preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios ha sido reconocida por nuestra Constitución Nacional, sin embargo, y pese a los esfuerzos de nuestros hermanos, las promesas no se cumplen, y tampoco se escuchan los justos reclamos de estos ciudadanos argentinos, a pesar de larga lucha que vienen desarrollando.
Las incursiones armadas de particulares y parapoliciales en sus territorios, son moneda corriente. El amedrentamiento de sus dirigentes, los intentos de homicidio, y también los ataques sexuales a sus jóvenes, niñas y niños, se producen a lo largo y ancho de nuestro territorio.
Nuestro país, que tanto ha avanzado en la protección de los derechos humanos, no se puede permitir que, a una parte de miembros, se los asesine impunemente.
Es deber del Estado garantizar, utilizando todas las herramientas a su alcance, el esclarecimiento y la punición de cualquier crimen cometido en su territorio y contra sus habitantes, cualquiera sea su condición.
Nuestro país está poblado por decenas de Pueblos Indígenas, son parte de nuestra tierra, de nuestra historia ancestral, y de nuestro presente. Por lo tanto, si se permite que se los siga asesinando, o que aparezcan muertos en situaciones altamente sospechosas, y no se ponen todas las herramientas posibles a favor de la verdad, queda claramente afectada la política de derechos humanos, que la mayor parte de la sociedad acompaña.
Por ello apelamos a usted, para que utilice todos los recursos posibles a su disposición para hacer cesar esta situación que atenta contra el Derecho de los Pueblos Indígenas consagrados en el Art. 75 inciso 17 y 22 de la Constitución Nacional, el Convenio 169/89 de la OIT ratificado por Ley 24.071/1992, Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Resolución de la Asamblea General, 13/09/2007 y otros instrumentos legales nacionales e internacionales.
En razón de lo expuesto solicitamos tenga a bien concedernos audiencia a los efectos de acercarle la documentación suficiente correspondiente al tema planteado.
Saludamos al Sr. Defensor del Pueblo de la Nación con la consideración más distinguida.