Derrame petrolero en Caleta Córdova: piden que no se cierre la causa penal

OPSur, Ecosur y FARN sostienen que la Justicia Federal de Comodoro Rivadavia no debe cerrar la causa que se sigue por un derrame de petróleo ocurrido en 2007 en Caleta Córdova, Chubut. El tiempo transcurrido no puede ser garantía de la injusticia ambiental, postulan.

Por El Extremo Sur.- El Observatorio Petrolero Sur y la Fundación Ecosur presentaron un amicus curiae en la causa que se sigue por el derrame de petróleo ocurrido en 2007 en Caleta Córdova, Chubut. Entienden que el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Comodoro Rivadavia no debe hacer lugar al planteo de prescripción y al pedido de extinción de la acción penal presentados en diciembre pasado por las defensas de los imputados. “La lentitud con que se desarrollan los procesos judiciales no puede convertirse en garantía de impunidad y allanar el camino a la perpetración de delitos contra el ambiente y la perpetuación de las injusticias ambientales derivadas”, afirman. También subrayan que un derrame de hidrocarburos como el ocurrido en Caleta Córdova “tiene potencial dañoso transgeneracional y se inscribe en el elenco de delitos que han comenzado a tratarse por su especial dañosidad para el género humano y el ambiente, como delitos de lesa humanidad”.

El 26 de diciembre de 2007 se produjo un derrame de hidrocarburos en Caleta Córdova durante la maniobra de carga de un buque de la empresa Antares Naviera en la monoboya de Termap S.A. Trescientos metros cúbicos de petróleo tiñeron de negro la caleta de pescadores distante 20 kilómetros del centro de Comodoro Rivadavia. El 3 de diciembre pasado -casi trece años después – las defensas de los imputados por infracción a Ley 24051 y art. 277 del Código Penal hicieron presentaciones ante el Tribunal Oral Federal para que se cierre la causa. En un caso pidieron la extinción de la acción penal por conciliación, aludiendo a los acuerdos de compensación económica firmados entre la empresa, la provincia y algunos vecinos en 2014, por el que desistieron de continuar la acción civil; en otro, plantearon la prescripción por el tiempo transcurrido desde el inicio del proceso.

“La prescripción por el solo transcurso del tiempo no puede aplicarse a un derrame de sustancias peligrosas, a la destrucción de bienes naturales colectivos, a la pérdida de especies, a la posible afectación de la salud y calidad de vida de toda una población”, sostienen OPSur y Ecosur en la presentación realizada con el patrocinio de la abogada comodorense María José Quintana. “Ir en ese camino sería desandar los avances que la comunidad jurídica nacional e internacional va dando con el fin de proteger el patrimonio natural para asegurar el goce del derecho a un ambiente sano por parte de las generaciones presentes y futuras.”

En el amicus curiae también hacen referencia a testimonios de vecinos y vecinas que dan cuenta de la transformaciones que sufrió Caleta Córdova tras el derrame 2007 y de profesionales de la salud pública sobre la incertidumbre de los impactos sanitarios de la actividad hidrocarburífera en la cuenca del Golfo San Jorge. Además citaron la abundante producción científica sobre la contaminación por hidrocarburos en la costa patagónica realizada tanto por investigadores/as del Centro Nacional Patagónico (CENPAT – CONICET) como de las universidades nacionales del Sur y La Plata.

Otros amigos del tribunales

También la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentó un amicus curiae aportando argumentos para que continúe el proceso. “Lo que está en juego en esta causa, es la consecuencia por dañar o poner en peligro la salud, no solo de las personas, sino la del ambiente, incluso aunque no esté habitado. En esta causa, VV.EE. deciden sobre la posibilidad de una empresa, de sus directivos y los empleados que ejecutaron las decisiones, de poner en riesgo impunemente la salud de toda la población de una zona y de dañar su ambiente, hábitat de animales, plantas, miles de personas actuales y de futuras generaciones. Se trata de una decisión de alcance político, que emite un mensaje respecto al valor de un bien colectivo, que supera los intereses de las personas afectadas de manera directa”, señaló.

Fuente: OPSur