Ecuador: Nuevas reglas para las petroleras

El proyecto de nueva Ley de Hidrocarburos, presentado ayer [21/09/09] por el Ejecutivo, entrega el manejo del sector a empresas públicas y mixtas, las cuales tendrán un único tipo de contrato para la exploración y explotación de hidrocarburos: Prestación de Servicios.

La exploración y explotación petrolera son actividades de riesgo, donde las empresas invierten capital para hallar petróleo y extraerlo del subsuelo.
La iniciativa, que será debatida con la ciudadanía hasta octubre próximo, supone un giro de 180 grados en el área energética, acorde a la nueva Carta Política, aprobada en octubre de 2008.
La nueva normativa establece una participación activa del Estado en el sector petrolero y reduce la participación privada a un tema excepcional. El sector hidrocarburífero es considerado estratégico para el país.
La propuesta de un contrato único de prestación de servicios tiene como objetivo que el 100% del crudo vaya al Fisco, el cual reconocerá los costos e inversiones que hagan las compañías privadas. Hoy, unos 200 000 barriles diarios de crudo del país son generados por firmas privadas. De ese volumen, las privadas entregan un 36% al Fisco y el resto (64%) se llevan como pago de costos, inversiones y utilidades.
La actual Ley de Hidrocarburos establece, además del contrato de Prestación de Servicios, otras formas de contratación: participación, alianzas para campos de difícil acceso por parte del Estado; marginales (cuando tiene menos del 1% de la producción petrolera total del país); y otros.
Los contratos de prestación de servicios se utilizaron en la década de los ochenta y fueron cambiados a mediados de los noventa. Actualmente solo la italiana Agip mantiene este tipo de contrato. El resto cambió a participación.
El modelo de servicios es beneficioso cuando el precio del crudo es alto, pero si cae no genera ingresos suficientes para que el Estado devuelva los costos a las firmas.
Para evitar esto, el proyecto de ley crea un “fondo de soberanía petrolera”, que obliga a las privadas a dar al Fisco el 20% de su ingreso bruto (sin descontar gastos). Esto garantiza un pago al Estado sin importar cuál sea el precio del crudo. Otro cambio importante del proyecto es que elimina la obligatoriedad de concursos para adjudicar contratos. Estos se podrán dar en forma directa.
Los cambios más importantes según el proyecto oficial
El proyecto de ley tiene 83 artículos, 12 disposiciones generales, cinco transitorias y una final.
Art. 1
Empresas públicas. El proyecto de ley promueve que el Estado gestione el sector petrolero a través de empresas públicas, que podrán conformar empresas mixtas o excepcionalmente delegar a empresas privadas.
Art. 11
DNH desaparece. La Dirección Nacional de Hidrocarburos se transforma en la Agencia de Regulación del sector petrolero, con independencia administrativa y financiera. Con ello, Petroecuador deja de tener el control de los contratos petroleros privados.
Art. 15, segundo inciso
Licitación es opcional. El proyecto establece que los contratos o alianzas con socios o empresas podrán celebrarse por licitación o en forma directa. La Ley actual establece que debe garantizarse la competencia a través de concursos.
Art. 19
No al Ciadi. Las empresas se someterán a las leyes y cortes nacionales en caso de desacuerdo. En caso de recurrir a un medio alternativo como el arbitraje, que es un medio más rápido, este será en cortes regionales. Antes podía ser en cualquier país.
Primera Transitoria
La renegociación. El proyecto de ley establece que se renegociarán los actuales contratos en un plazo de dos años contados a partir de la aprobación del proyecto de ley y entrarán todas las firmas que hoy tengan contratos de riesgo.
Art. 63
Otros ingresos. El proyecto de ley establece nuevos ingresos para el Fisco de las petroleras, entre ellos: participación en las tarifas de transporte por todos los sistemas de ductos operados en el país, y un fondo de soberanía petrolera sobre el 20% del ingreso bruto.
El Comercio