La Justicia ratificó la suspensión de la resolución de la Secretaría Comercio Interior que congelaba el valor de las naftas y el gasoil. El Gobierno había apelado el fallo
Un nuevo capítulo se suma a la larga pelea entre el Gobierno y la petrolera Shell. Y esta vez con un revés para el Gobierno: la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó la suspensión de la aplicación de la resolución 295 de la Secretaría de Comercio Interior que obligaba a la empresa petrolera a retrotraer los precios de sus combustibles a los valores vigentes al 31 de julio.
Así lo indicaron a DyN fuentes allegadas a la causa judicial que, además, indicaron que las partes fueron informadas ayer mismo de tal desestimación, por lo tanto el Gobierno podría decidir acudir a la Corte Suprema para intentar dar vuelta la medida, aunque el máximo tribunal tiene antecedentes de haber establecido que no se aboca a medidas cautelares.
La resolución 295 había sido dictada por el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, en agosto basándose en la Ley de Abastecimiento y retrotrajo los precios de los combustibles líquidos. El congelamiento afectó a todas las empresas, pero en los hechos la única que se vio obligada a bajar sus precios fue Shell, que había realizado dos microaumentos (que iban de uno a 7 centavos) en agosto. El resto también había aplicado subas, pero en semanas anteriores.
Shell objetó la medida y presentó una medida cautelar para que sea revocada hasta tanto pudiera llevar a los tribunales una demanda de nulidad contra el Estado Nacional. En primera instancia el planteo de la empresa fue rechazado, pero el 5 de octubre la Sala V de la Cámara hizo lugar al reclamo y suspendió el congelamiento de los precios.
Los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany sostuvieron que el congelamiento de los precios “no permite reflejar adecuadamente la evolución de los costos propios de la industria y el comercio de los productos en cuestión y, en consecuencia, alcanza bastante entidad para comprometer el razonable margen de utilidad al que la actora tiene derecho en virtud del régimen propio que rige su actividad”. El camarista Guillermo Treacy votó en disidencia.
Más allá del tema judicial, las empresas del sector petrolero aguardan que Comercio Interior defina si el petróleo crudo y los biocombustibles se encuentran alcanzados por la medida dictada por el Secretario Guillermo Moreno ya que, indicaron, “si así no lo fuera ésta afectaría solamente a una parte de la cadena de elaboración de combustibles líquidos (los refinadores), obligándola a costos incrementales sin poder trasladarlos al precio en el surtidor”.
Cronista Comercial