El fiscal pidió condenar a tres procesados por el derrame en Caleta Córdova

Teodoro Nürnberg, fiscal general, solicitó ayer al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia una condena de 5 años de prisión para Ricardo Ávalos como coautor del delito de contaminar de modo peligroso para la salud, el suelo, el agua y el ambiente general; 4 años para Raúl Gemini, como coautor de mismo delito; y 3 años y 8 meses para Rubén Valle, como partícipe necesario. No presentó cargos contra Raúl Pascual y Mariano Giordano, integrantes de la tripulación.

Casi dos horas duró el alegato del fiscal general en el que dio por probado que el petróleo derramado en Caleta Córdova en diciembre de 2007 salió del buque tanque Presidente Illia y que el capitán de la embarcación Ricardo Ávalos, el superintendente de seguridad de la empresa Antares Naviera, Raúl Gemini, y el primer oficial Rubén Valle intentaron ocultar lo sucedido. El próximo jueves a las 10 se reanudarán las audiencias donde las defensas de los imputados presentarán sus alegatos.

A continuación, el alegato del fiscal y el comienzo de las exposiciones de los amicus curiae:

https://www.facebook.com/betania.viegas/videos/10221445743725412

Durante la audiencia también se le dio intervención a Mirta Calvo, vecina de Caleta Córdova, y a los amicus curiae, María José Quintana, Andrea Burucúa, Silvia Leanza y Hernán Scandizzo, por Fundación Ecosur y Observatorio Petrolero Sur; y Santiago Cané por Fundación Ambiente y Recursos Naturales:

https://www.facebook.com/zulma.usqueda/videos/3758594897501552/

A continuación, un texto que retoma la intervención del Observatorio Petrolero Sur

Se está juzgando un modelo de desaprensión frente a la naturaleza y la vida misma

Este  juicio marca un hito en la historia ambiental de Comodoro Rivadavia y de Argentina. Por primera vez se dirime la responsabilidad penal por la contaminación generada a partir de un derrame de crudo en el mar. Transcurrieron casi 113 años desde el descubrimiento de hidrocarburos a partir del cual el lugar se transformó en enclave minero. Transcurrieron casi 30 años desde la sanción de la Ley 24.051. Transcurrieron casi 13 años del derrame en Caleta Córdova. 

A pesar de la excesiva demora, este juicio marca un hito histórico. Aquí se está juzgando un modelo desaprensivo frente a la naturaleza y la vida misma. El modelo del contamino y abandono o del contamino y pago, sin tomar en cuenta los daños irreversibles y acumulativos que provoca esa contaminación sobre el ambiente costero y sobre la vida misma.

Al menos desde la década de 1990 investigadores como José Luis Esteves y Marta Commendatore del Centro Nacional Patagónico (CENPAT), dependiente del CONICET, señalan la presencia de hidrocarburos en el mar como el principal factor de contaminación de los ambientes marinos de la costa patagónica.

En un artículo de Commendatore y Esteves publicado en 2007 en la revista científica Environ Manage advierten en relación a Caleta Córdova: “Es importante destacar que en esta caleta conviven actividades relacionadas a la extracción de petróleo con pesquerías artesanales y estas costas son utilizadas por los habitantes de esta zona. Por lo tanto, los altos niveles de contaminación por hidrocarburos que se encuentran en esta caleta pueden tener efectos negativos sobre la salud de la población, tanto a través del contacto físico como por ingesta de los productos de la pesca artesanal.” 

Commendatore y Esteves realizaron en 1993 un estudio sobre 27 sitios costeros ubicados entre los paralelos 42ºS y 46º25´S, encontraron los valores de concentración de hidrocarburos más significativos en el área del golfo San Jorge. Las mayores concentraciones fueron registradas tanto en zonas cercanas a los puertos de Comodoro Rivadavia, Caleta Córdova y Caleta Olivia como de Faro Aristizábal, distante 200 km al norte de las áreas de carga de hidrocarburos. Commendatore y Esteves presumen que la afectación de Faro Aristizábal se debe a la acción de las corrientes marinas. Este estudio realizado por los científicos del CENPAT es citado en el informe Relevamiento de actividades relacionadas con la explotación de petróleo en zona costera patagónica y datos preliminares sobre residuos de hidrocarburos en puertos, publicado por Fundación Patagonia Natural en 2007.

En tanto Pablo García Borboroglu, también investigador del CENPAT – CONICET, en el artículo  “Contaminación por hidrocarburos y su efecto sobre el pingüino de Magallanes. Estado de Conservación del Mar Patagónico”, realizado junto a investigadoras de las universidades San Juan Bosco (Argentina) y Washington (de EE.UU.), y publicado en 2008, sostiene: “El número de pingüinos empetrolados a lo largo de la costa atlántica de la Argentina ha fluctuado entre años, pero se registró un aumento espectacular a partir de mediados de los años 90, coincidentemente con un crecimiento exponencial de las exportaciones de petróleo.” 

Es decir que el vertido de crudo al mar, a pesar de la sanción de la Ley 24.051, que lo tipifica como un delito, siguió siendo una práctica habitual que fluctuó de acuerdo al ritmo de las exportaciones de petróleo que, en el Golfo San Jorge, se realizan desde las monoboyas de la empresa Termap ubicadas en Caleta Córdova y Caleta Olivia.

Por lo inconmensurable, no tenemos certezas del daño producido por el derrame ocurrido en Caleta Córdova en diciembre de 2007. Un derrame que fue el tiro de gracia para la pesca artesanal en ese lugar, y que sin embargo fue minimizado, reducido a una “oleosidad en el agua”, lo que pone de manifiesto la desaprensión frente a la naturaleza y la vida misma. Esa desaprensión es la naturalización de una conducta delictiva: contamino y abandono. Lo que se está juzgando en esta causa es ese modelo.