La justicia rechazó el acuerdo entre Shell y Magdalena y la causa por el gran derrame petróleo en el Río de la Plata sigue abierta

Por José Luis Meirás para OPSur .- A casi tres décadas del considerado mayor derrame de petróleo en aguas dulces del mundo, un fallo judicial firmado por el juez Juan Rafael Stinco rechazó el acuerdo que pretendía cerrar la causa Magdalena–Shell. La decisión reabre un conflicto atravesado por errores políticos, activismo persistente y una oportunidad histórica aún en disputa, y al mismo tiempo instala un interrogante tan simple como perturbador: ¿A quién beneficia realmente el fallo que dejó sin efecto el pago de 9,5 millones de dólares por el mayor derrame de petróleo en agua dulce de la historia? El rechazo a la homologación del acuerdo de 2009 no solo invalida un pacto económico sin recomposición ambiental: vuelve a poner bajo la lupa el rol del Estado, la responsabilidad corporativa y las decisiones que marcaron —y aún condicionan— el futuro de una de las causas ambientales más emblemáticas del país.

El rechazo judicial a la homologación del acuerdo firmado en 2009 entre la Municipalidad de Magdalena y la petrolera Shell CAPSA es el último capítulo —hasta ahora— de una historia que atraviesa casi tres décadas de litigios, activismo ambiental, retrocesos políticos y una persistente tensión entre el derecho al ambiente sano y las lógicas de la negociación económica con grandes corporaciones.

El fallo del Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 3, dictado por el juez Juan Rafael Stinco el 30 de diciembre pasado y notificado tras la feria judicial, justamente en el Día Mundial de los Humedales, declaró improcedente el acuerdo por 9,5 millones de dólares con el que se intentó cerrar la demanda por el derrame de petróleo ocurrido en enero de 1999 frente a las costas de Magdalena. La resolución dejó sin efecto un pacto que había sido presentado como “solución definitiva”, pero que durante 16 años permaneció suspendido, sin ejecutarse y sin reparar el daño ambiental que le dio origen. Para muchos analistas, el fallo marca un punto de inflexión porque cuestiona de raíz la lógica que durante décadas intentó clausurar el conflicto mediante un acuerdo económico sin una recomposición ambiental efectiva.

El ambiente no se negocia

El tribunal sostuvo que los derechos ambientales son de orden público y que no pueden ser objeto de una transacción privada que prescinda de los principios constitucionales. El fallo remarca que el acuerdo no permitía ejercer un control judicial efectivo, carecía de estudios técnicos que justificaran el monto pactado y no garantizaba una recomposición real del daño. Ni la voluntad de las partes, ni el aval del Concejo Deliberante, ni una consulta popular no vinculante pueden colocarse por encima del artículo 41 de la Constitución Nacional ni de la Ley General del Ambiente.

Un punto central del dictamen es que, aunque las pericias más recientes indican que actualmente no se detecta daño ambiental activo atribuible al derrame, ese dato no habilita cualquier cierre del conflicto. El análisis debe situarse en el momento en que el acuerdo fue celebrado, cuando no existía certeza técnica suficiente sobre la evolución del daño, y en si se cumplieron las obligaciones legales de reparación. La inexistencia de contaminación actual no borra la responsabilidad histórica ni legitima un acuerdo carente de fundamentos ni una compensación económica global sin destino ambiental específico.

Un reclamo sostenido desde el activismo

Si el reclamo no murió en 2009, no fue por decisión política. Fue gracias a la persistencia del activismo socioambiental. Organizaciones como Ala Plástica, Casa Río, Colectiva Magdalena 318, Observatorio Petrolero Sur o la Red de Comunidades Costeras sostuvieron durante años el reclamo de justicia ambiental pendiente.

Acciones de comunicación, estudios y relevamientos de campo, actividades de reconocimiento sensible del territorio, actividades públicas, articulaciones diversas con las comunidades educativas, exhibiciones en el circuito de arte internacional, un documental que participó en festivales internacionales y que continúa circulando en ámbitos sociales, artísticos y educativos mantuvieron vivo el señalamiento de la responsabilidad de Shell, dentro y fuera del país.

En este marco, tras el fallo, ha tomado protagonismo el bloque del municipalista Espacio de Pensamiento y Acción (EPA). Los concejales Juan Manuel Ihidoy y Camila Daca presentaron un Proyecto de Resolución ante el Honorable Concejo Deliberante de Magdalena exigiendo una “nueva etapa de discusión con legitimidad social”. El proyecto solicita al Ejecutivo Municipal que informe detalladamente el estado de la causa y remita la totalidad de los informes técnicos y pericias producidas ante la autoridad ambiental bonaerense. Asimismo, exhortan a garantizar instancias de participación ciudadana y acceso a la información pública para evitar decisiones aisladas que comprometan el patrimonio común.

Un fallo adecuado, pero ¿nuevamente a la medida de Shell?

El dictamen le da la razón también a Leonardo Fediuk, patrocinado por el abogado Mariano Aguilar, quienes señalaron tempranamente ante la justicia la inconstitucionalidad de un convenio como el que se suscribió.

Para Mariano Aguilar, el rechazo a la homologación es un “triunfo de la justicia ambiental”, pero no una victoria definitiva. Aguilar advierte sobre un riesgo concreto: que Shell intente interpretar la nulidad del acuerdo como una liberación total de responsabilidades. “El peligro es que Shell diga ‘pelito pa’ la vieja’, que considere el tema terminado y se retire sin pagar un centavo”, señala. Por eso insiste en que el eje ahora debe ser la renegociación.

El abogado remarca la complejidad de la situación debido a las debilidades del fallo de Stinco: “El problema es que declara nulo el acuerdo, pero no obliga a renegociar la diferencia entre los 9,5 millones pactados y los cerca de 96 millones que surgen de las pericias originales actualizadas”. Aguilar sostiene que esa omisión es peligrosa y debería ser revisada por la Cámara. También fue tajante respecto al Municipio: omitir la defensa de los USD 96 millones teniendo este fallo a favor podría derivar en responsabilidades penales por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Por su parte, Leonardo Fediuk expresó sus dudas sobre el futuro inmediato del expediente. “Seguramente Shell va a apelar y la Municipalidad de Magdalena también, dado que, llamativamente , la Municipalidad ha hecho básicamente lo mismo que Shell todo este tiempo”. Ante la posibilidad de que ambas partes intenten sostener el acuerdo anulado mediante apelaciones, Fediuk y Aguilar planean incorporar nuevos elementos y argumentos al expediente que no han sido debidamente considerados hasta ahora.

El principio: el mayor derrame en aguas dulces

El 15 de enero de 1999, el buque tanque Estrella Pampeana, operado por Shell, colisionó con el portacontenedores Sea Paraná en el Río de la Plata. El impacto provocó el derrame de más de cinco millones de litros de petróleo crudo en un ecosistema de agua dulce, afectando humedales, costas, fauna, flora y actividades productivas locales. El crudo contaminó unos 30 kilómetros de playas, paralizando durante años la pesca y el turismo en la zona. El hecho fue catalogado como el mayor derrame de hidrocarburos en aguas dulces del mundo.

Desde el inicio, la respuesta estatal fue fragmentada y limitada. La Nación y la provincia de Buenos Aires, pese a tratarse de un derrame ocurrido en aguas interjurisdiccionales, se mantuvieron prácticamente ausentes de una estrategia sostenida de investigación, reparación y control. Mientras la empresa desplegó tareas de limpieza superficial y los organismos oficiales minimizaron los impactos a largo plazo, organizaciones sociales, científicas y vecinos denunciaron la falta de estudios integrales y de una política real de recomposición ambiental.

Una demanda millonaria y el revés en la Corte Suprema

En 2002, la Municipalidad de Magdalena inició una demanda judicial reclamando una reparación millonaria por el daño ambiental y económico. Aquel primer impulso debe ser reconocido como una actitud institucional digna y poco frecuente en la historia reciente, no solo por el volumen del reclamo sino por la decisión política de enfrentar en soledad a una de las petroleras más poderosas del mundo. En esos años iniciales el Municipio llevó su denuncia incluso al plano internacional, visibilizando el caso frente a la propia casa porteña de quien luego sería la reina Máxima de los Países Bajos, cuya familia real está vinculada históricamente a Shell, en un gesto que buscó interpelar a los máximos niveles de la responsabilidad corporativa.

En instancias iniciales, el juez Julio César Miralles, a cargo de la Justicia Federal de La Plata, dictó fallos favorables al Municipio y condenó a Shell al pago de una reparación cercana a los 35 millones de dólares. Sin embargo, el proceso se dilató durante años con apelaciones de la petrolera hasta que, en 2007, la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló aquella sentencia.

El máximo tribunal no se pronunció sobre el fondo ambiental del reclamo, sino que cuestionó la competencia del fuero platense y ordenó que la causa continuara en los tribunales federales de la Ciudad de Buenos Aires. Esa decisión dejó al Municipio en una posición procesal claramente desigual frente a la multinacional: con escasos recursos jurídicos y logísticos, Magdalena pasó a litigar en los tribunales de Comodoro Py contra uno de los aparatos legales corporativos más poderosos del mundo.

Un acuerdo de miras estrechas

En ese escenario adverso, en 2009 se firmó un acuerdo transaccional entre Shell y el Municipio por 9,5 millones de dólares. La empresa no reconocía responsabilidad alguna y la comuna desistía de continuar el litigio. Los fondos no estaban destinados específicamente a la recomposición ambiental, sino a otras obras. El acuerdo fue respaldado por un plebiscito no vinculante y aprobado por el Concejo Deliberante local.

Según han señalado a lo largo de años distintos espacios activistas que sostuvieron el reclamo, Magdalena podría haber desplegado entonces una estrategia muy distinta: construir alianzas con actores ambientales internacionales, universidades, organismos multilaterales y redes de litigio estratégico; formar una camada de dirigentes y técnicos especializados en derecho ambiental y negociación internacional; convertir el caso en un ejemplo regional de justicia ambiental. En lugar de eso, predominó una mirada estrecha y poco imaginativa, orientada a obtener recursos inmediatos y a buscar apoyos para cerrar la disputa, no para fortalecerla.

La llamada “licencia social” obtenida a través del plebiscito se transformó así en un antecedente penoso y falto de dignidad institucional: un intento de legitimar políticamente la renuncia a un reclamo ambiental colectivo. Los efectos del acuerdo fueron inmediatos y asimétricos. El Municipio de Magdalena debió cancelar sus demandas judiciales y resignar su rol activo en la causa, mientras que Shell, paradójicamente, no asumió obligación alguna hasta tanto la Justicia homologara el pacto. La petrolera quedó a la espera de una autorización judicial que nunca llegó, mientras el territorio quedaba desprotegido.

La paradoja legal y el riesgo de una injusticia tardía

Como advierten distintos ambientalistas que siguieron el expediente durante años, el nuevo fallo convalida una tesis histórica: el derecho ambiental no es punitivo ni recaudatorio, sino esencialmente restaurativo. Sin embargo, esa misma lógica expone una paradoja incómoda. Si se demostrara con pruebas concluyentes que el ecosistema se regeneró por sí mismo y que hoy no existe daño ambiental remanente, la petrolera podría quedar liberada de pagar incluso lo acordado en 2009, no por ausencia de responsabilidad, sino porque ya no habría nada que recomponer ni compensar.

Desde esta perspectiva crítica, el fallo deja al descubierto los límites del sistema cuando el tiempo pasa, el daño se diluye en la naturaleza y la Justicia llega tarde. Algunos señalan incluso que fue la propia Municipalidad la que solicitó informes oficiales certificando la inexistencia de daño actual, una decisión que describen como “un tiro en los pies”. La paradoja es clara: sin recomposición ambiental validada judicialmente no hay cierre del conflicto, pero sin daño actual probado tampoco habría obligación económica ambiental. El riesgo es que la demora termine beneficiando a quien causó el daño. “Justicia demorada es justicia denegada”, resume uno de los activistas, reconociendo que el fallo, aun siendo jurídicamente sólido, podría terminar favoreciendo a Shell en términos económicos, sin borrar por ello su responsabilidad histórica.

Una oportunidad histórica, una decisión política

El fallo no cierra la causa: la reabre. Deja a Shell sin el acuerdo que le garantizaba un cierre barato y coloca al municipio frente a una responsabilidad que durante años intentó eludir. La Justicia fijó un límite jurídico claro; lo que sigue depende de la voluntad política.

A casi tres décadas del derrame, Magdalena enfrenta una encrucijada: exigir una recomposición ambiental acorde al daño causado o permitir que el paso del tiempo y la desidia vuelvan a favorecer a la petrolera. La causa ya no es solo judicial. Es, una vez más, una prueba de dignidad institucional y de compromiso con el derecho colectivo a un ambiente sano.