Perú: Exponen 43 razones para rechazar y no suscribir el Informe de Bagua

El viernes 25 de diciembre Jesús Manacés Valverde y María del Carmen Gómez Calleja, Presidente y miembro, respectivamente, de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua entregaron una carta dirigida al Ministro de Agricultura en la que exponen sus razones para no suscribir el informe firmado por los demás miembros de la comisión.
Carta el Ministro de Agricultura
Lima, 25 de Diciembre del 2009
Señor
Adolfo de Córdova Vélez
Ministro de Agricultura
Presente.-
Jesús Manacés Valverde y Carmen Gómez Calleja, en calidad de Presidente e integrante, respectivamente, de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua (en adelante CEI), creada por la Resolución Ministerial Nº 0664-2009-AG, nos dirigimos a usted para expresarle lo siguiente:
1. En primer lugar, poner de su conocimiento que el acceso al Informe Final de la CEI le fue impedido, sin motivo y arbitrariamente a la suscrita, Carmen Gómez Calleja, pese a ser miembro pleno de la Comisión y el cual -tal como se me comunicó oportunamente- había sido dejado desde el día 22 de diciembre el año en curso en el Ministerio de Agricultura para que, como los demás miembros de la CEI pudiéramos leerlo y decidir si lo suscribíamos o no. Fue sólo gracias a la gestión del Presidente de la Comisión que he podido enterarme de su contenido y, con conocimiento de causa, expresar de forma compartida las razones por las que no podemos suscribir dicho Informe Final.
2. En segundo lugar, era de esperarse que luego de las unánimes críticas que desató una primera versión del Informe, que fue de conocimiento público, se crearan las condiciones requeridas para que se concluyese en un documento final acorde con la rigurosidad, apego a la verdad y relación con las pruebas recopiladas por nuestra Comisión durante sus tres meses de trabajo; cosa que lamentablemente no ocurrió.
3. Si bien el Informe Final, presentado ya en el Ministerio de Agricultura, es formalmente diferente al anterior, sin embargo, a nuestro juicio, en su contenido sigue el mismo espíritu y la misma línea de argumentación y, por ende, comparte las mismas deficiencias.
4. En primer lugar, porque al igual que el anterior texto, la gran mayoría de sus afirmaciones carece de una sustentación rigurosa, por más esfuerzos que esta vez se haya hecho para aparentar que se están tomando en cuenta los testimonios o entrevistas recogidas durante el trabajo de la CEI. Lo cierto es que en casi todos los párrafos se afirma o se remite a un solo testimonio u opinión de parte, sin reflejar la pluralidad de opiniones recogidas en torno a estos hechos o una apreciación propia al respecto. Hay una buena parte de hechos que se presentan y asumen como ciertos, teniendo escaso o ningún correlato con lo recogido por la Comisión.
5. Es evidente que del material recogido por la CEI (documentos, entrevistas, testimonios, visitas de campo, etc.) no se puede concluir como idea central que la causa de la protesta de los pueblos indígenas de la Amazonía, haya sido que éstos no “comprendieron bien” el contenido de los decretos legislativos cuestionados, debido a que hubo dirigentes gremiales, miembros de partidos políticos, sectores de la Iglesia Católica, integrantes de ONG, etc., que distorsionaron sus contenidos, manipulando y engañando de esta manera a los Pueblos Indígenas.
Durante el tiempo de trabajo de la comisión se fueron esbozando muchas causas, las cuales no aparecen recogidas; los comisionados tenían distintos puntos de vista y no se llegó a consensos, en parte por falta de tiempo suficiente para la reflexión conjunta; de ahí nuestra insistencia en la ampliación del plazo. Sin embargo, nos sorprende que se haya incorporado como principal causa de todo lo sucedido la falta de comunicación o explicación de los decretos legislativos, cuando es de conocimiento de todos, que las causas son más complejas y algunas vienen de tiempos anteriores. Esto puede ser opinión de algunos miembros de la comisión, pero la afirmación de que sea la causa principal no se sustenta, por ejemplo, en los testimonios recogidos en los grupos de indígenas u organizaciones representativas.
Por este error inicial, gran parte de las recomendaciones del Informe Final se refieren a una mejor comunicación o explicación de los decretos legislativos, sin tener en cuenta que, para un gran número de entrevistados dichos decretos deben ser derogados, tanto por la forma en que se dieron como por sus contenidos.
6. Es importante señalar que no se da el mismo carácter de verdad a los testimonios recogidos de las autoridades que a los testimonios recogidos de los indígenas; en muchos casos estos últimos han sido sacados de su contexto, impidiendo apreciar el verdadero sentido de lo que se quería decir y volviéndolos contra ellos mismos.
7. En la cronología efectuada se han incluido muchos hechos que no tienen una justificación adecuada, mientras que, a la vez, se omiten otros que, por el contrario, son sumamente relevantes. En varios momentos de la cronología, además, el Informe Final no se limita a mencionar el hecho, sino que lo comenta o valora, lo que desnaturaliza el recuento de hechos y le infiere un componente de subjetividad valorativa impropio de una investigación objetiva e imparcial (1).
8. Si bien de los testimonios que se logró recoger, y que no han sido valorados adecuadamente por falta de tiempo, se vislumbran responsabilidades en los militares y policías, no se ha logrado aún determinar cómo fue el operativo, qué coordinaciones se tuvo entre ambas instituciones o con otras instituciones del Estado y cual fue el rol del ejecutivo en estos hechos.
9. En suma, la gran mayoría de las recomendaciones son discutibles y encierran una crítica severa, otra vez, contra organizaciones sociales, sectores de la Iglesia, partidos políticos, dirigentes, ONG, como si la actuación de los grupos indígenas siempre fuera producto de engaños o manipulaciones.
10. Como es de dominio público, el 5 de junio de 2009 aconteció en Bagua, Amazonas, Perú, una situación de conmoción y confrontación social acumulada, que tuvo como protagonistas al Estado y a los pueblos indígenas amazónicos y dejó un lamentable saldo de 33 víctimas mortales, un policía desaparecido y más de 200 heridos, de los cuales 82 fueron de impacto de bala.
Tres meses más tarde, el 7 de septiembre de 2009, se creó la Comisión Especial para Investigar y Analizar los sucesos de Bagua (CEI) a través de la Resolución Ministerial Nº 0664-2009-AG asignándole como objeto “determinar las causas y consecuencias de orden socio-cultural, económicas, políticas y religiosas que dieron lugar a los sucesos del 5 de junio del 2009 en la provincia de Bagua, con fines de reconciliación”.
Conforme a su norma de creación, la CEI debió estar presidida por los principios de verdad, justicia, equidad, independencia, imparcialidad, objetividad y exhaustividad (2); y su finalidad esencial es contribuir a que “hechos similares nunca más vuelvan a suceder” (3).
No obstante, los hechos sucedidos el 05 de junio de 2009 no han sido hasta hoy debidamente aclarados, ni las responsabilidades correspondientes correctamente definidas. En particular, la responsabilidad de quienes, por la posición que ocupaban u ocupan en el ejercicio del poder, tuvieron una implicación directa y pública en estos hechos; derivándose más bien estas responsabilidades a actores secundarios o, alterando incluso la verdadera naturaleza de los hechos, para sindicar dicha responsabilidad a terceros, lo que impide esclarecer las verdaderas responsabilidades.
11. El análisis de los sucesos de Bagua hecho por los miembros de la Comisión que suscriben el denominado Informe Final, no sólo no ha respetado el principio de objetividad, imparcialidad y exhaustividad al que estaba obligada por mandato legal, sino que, además, no ha respetado aspectos sustanciales del procedimiento formal para el logro de sus objetivos.
12. El gobierno, por su parte, no colaboró efectivamente con el desarrollo del objetivo de la Comisión, pues no se le otorgó el financiamiento y medios necesarios para que lleve a cabo con eficiencia su labor.
13. En efecto, la CEI se instaló el 7 de septiembre de 2009, pero nunca se aprobó el Presupuesto, ni asignaron, y menos se proveyeron las recursos y el tiempo necesarios para que pudiera cumplir con su objeto (4). Recursos aprobados con este fin por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) nunca se hicieron efectivos. El Ministerio de Agricultura solventó dos viajes de la CEI; este fue el único apoyo en lo que se refiere a presupuesto.
14. Otros órganos del Estado obstaculizaron igualmente la actuación de la CEI, como fue el caso de funcionarios del Ministerio Público, quienes negaron al Presidente de la Comisión, señor Jesús Manacés, los documentos de la investigación fiscal. Lo mismo ocurrió con el Informe de Control Interno del Ministerio del Interior, que le fue negado al Presidente de la CEI pese a solicitarlo en varias oportunidades. Ambas entidades se excusaron argumentando para ello que las investigaciones estaban en proceso.
15. A pesar de tener por objeto la búsqueda de la verdad, la CEI no pudo interrogar, en ningún momento, a diversos personajes que, sin embargo, son protagonistas esenciales del relato que ella misma construyó alrededor de los sucesos del 05 de junio de 2009 en Bagua, así como de los hechos anteriores y posteriores al mismo.
16. No se pudo lograr la entrevista con el señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, que hubiera sido muy importante para aclarar algunos aspectos que se dieron previo, durante y después del proceso, que contribuirían a la reconciliación nacional, de acuerdo a la finalidad de esta comisión.
17. La CEI tampoco interrogó a los promotores directos de los decretos legislativos que, como la misma CEI reconoce, afectaban los derechos indígenas (5), carecían de legitimidad porque no fueron consultados con los pueblos indígenas, tal como instruía el Convenio 169 de la OIT y fueron “el desencadenante que generó el paro y las movilizaciones amazónicas a nivel nacional”. En el caso particular de la Ministra Mercedes Flores Aráoz, pese a que se la citó, no se pudieron conocer las razones que la llevaron a sostener, con insistencia y una buena dosis de alarmismo, que si se derogaban los decretos legislativos cuestionados se ponía en riesgo el Tratado de Libre Comercio celebrado (TLC) con los EE.UU. y el Perú podía ser objeto de sanciones internacionales (6). Afirmación que luego el señor Yehude Simon, ex Presidente del Consejo de Ministros durante los sucesos de Bagua, se encargó de desmentir tajantemente (7). Este último, tampoco fue entrevistado por la Comisión pese a la eminente y crítica posición que ocupó en el momento en que ocurrían los hechos objeto de investigación por la CEI.
18. En el Informe Final, los miembros de la CEI que lo suscriben, hacen graves imputaciones a organizaciones sociales, dirigentes, ONG (8), medios de comunicación (9) y miembros de la Iglesia Católica (10), a los que sin embargo, ni individualizaron, ni citaron para tomar su declaración y poder confirmar o desvirtuar los cargos que les atribuía. Lo cual invalida estas afirmaciones, pues no fueron llamados a rendir sus declaraciones; por ello consideramos que este informe es incompleto y tendiente a graves errores y no contribuye a la reconciliación nacional.
19. Asimismo, aunque el Informe Final atribuye directa responsabilidad a varios parlamentarios del Partido Nacionalista (PNP) (11), a quienes sindica como promotores de la movilización indígena y la comisión de actos violentos urbanos (sic), en su gran mayoría tampoco fueron citados ni escuchados. De igual forma, no fueron citados ni escuchados los representantes de las rondas campesinas, dirigentes magisteriales o integrantes de determinados Frentes de Defensa locales (12) a quienes el Informe Final atribuye la comisión de actos violentos, como también ocurrió respecto de representantes y dirigentes indígenas (13).
20. El Informe Final tampoco incluyó la versión u opinión de ninguno de los deudos de las víctimas civiles, fueran estas mestizas o indígenas y de ninguno de los 16 trabajadores que estuvieron en la Estación de Bombeo Nº 6. Ningún miembro de la DINOES declaró de forma reservada ante la CEI.
21. A pesar de haber entrevistado al Presidente del Congreso durante los sucesos del 5 de junio de 2009 en Bagua, señor Javier Velásquez Quesquén, y teniendo claro que la palabra empeñada del Congreso para revisar los decretos fue frustrada, el Informe Final no ofrece ninguna explicación de por qué, pese a que desde el mes de diciembre de 2008 una Comisión Multipartidaria, coincidiendo con la Defensoría del Pueblo, había recomendado la derogatoria de los decretos legislativos dictados por el Poder Ejecutivo por inconstitucionales, dicha decisión se postergó una y otra vez, siendo algunos derogados cuando ya la violencia se había desatado con el conocido saldo lamentable de víctimas mortales que produjo.
22. El Informe Final no toma en cuenta el marco internacional de respeto a los derechos humanos de todas las personas y en especial de los pueblos indígenas y en estado de emergencia.
23. Aunque el Informe Final destaca la promulgación por el Poder Ejecutivo y el Congreso de una vasta cantidad de normas, con implicaciones directas e indirectas vinculadas al ejercicio de derechos indígenas (14), no pone de relieve que ninguna de estas fue consultada con las organizaciones indígenas, violando con ello su derecho a la consulta previa, libre e informada respecto de las decisiones de la administración que les afectan.
24. Los miembros firmantes del Informe Final pasan por alto que la dolorosa pérdida de vidas humanas con que se saldó el conflicto de Bagua en junio pasado, obligaba a una profunda reflexión encaminada a reconciliar al Estado peruano con los pueblos indígenas amazónicos del Perú; y, por este motivo, procurar por todos los medios, evitar las circunstancias que podrían dificultar un diálogo genuinamente respetuoso y de buena fe entre ambas partes, disipando con ello la posibilidad de que ocurran nuevos conflictos.
En este mismo sentido se ha pronunciado unánimemente la comunidad internacional, como se desprende de los pronunciamientos del relator especial de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas (señor James Anaya) (15), la Asamblea General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Comité de la ONU contra todas las formas de Discriminación Racial (CERD) y la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), quienes persistentemente han hecho llamados a la prudencia, a un diálogo respetuoso y al cese de la represión contra los dirigentes y representantes indígenas.
25. La CEI no contó con las condiciones adecuadas para el logro de los objetivos que tenía planteados. El Informe Final apenas hace referencia a las recomendaciones de las agencias internacionales encargadas de supervisar el cumplimiento de los tratados internacionales de los que el Perú es parte.
26. Temas de investigación y protagonistas esenciales en los hechos materia de investigación no fueron abordados; el valioso material informativo recopilado por la Comisión no fue analizado conjuntamente por sus miembros de forma debida. El tiempo tan corto fue uno de los elementos en contra.
27. En el Informe Final se da un peso excesivo a los testimonios ligados a la versión oficial de los hechos, y se ha cuidado de manera notoria el propósito de no responsabilizar a los autores de las decisiones más relevantes que generaron los sucesos del 5 de junio en Bagua.
28. A pesar de que superficialmente se habla en el Informe Final de la exclusión y marginación histórica y estructural de los Pueblos Indígenas, no profundiza en las verdaderas raíces del conflicto, por lo que no contribuye en concreto a generar las condiciones que permitan superar estas brechas. Especialmente, no analiza en profundidad el deterioro de la seguridad jurídica de los territorios indígenas a partir del gobierno del Ing. Alberto Fujimori. Un deterioro profundizado por los decretos legislativos emitidos con base a la delegación de facultades legislativas llevada a cabo por el Congreso para implementar el TLC y cuestionados por los pueblos indígenas amazónicos.
29. El Informe Final omite destacar, asimismo, el traumático estado actual de todos los pueblos indígenas de la Amazonía peruana, ante la inconsulta y progresiva ocupación de sus territorios y el deterioro sustantivo de sus recursos vitales, así como los gravísimos impactos a su salud, a su derecho a la alimentación y la sostenibilidad de sus bosques, aguas, flora y fauna, por parte de las empresas extractivas -petroleras, mineras y madereras- beneficiadas con las concesiones otorgadas por el Estado. Esta omisión elude tratar la causa estructural que, según los pueblos indígenas amazónicos, explica el actual conflicto con el Estado peruano.
30. Pese a que se reconoce que no existen mecanismos para garantizar la participación de los pueblos indígenas, el Informe Final no profundiza en el significado que esta ausencia tiene respecto del control de estos pueblos sobre su propio desarrollo.
31. En el recuento de los hechos de violencia cometidos durante los sucesos de Bagua, el Informe Final se basa en testimonios parciales que caracterizan como una actuación defensiva una acción policial desmesurada e injustificada, como lo demuestra el propio Informe Final al existir -como este reconoce- acuerdos para un desalojo pacífico de las carreteras e instalaciones tomadas en distintos puntos de la Amazonía.
32. En este mismo sentido, no se explican las razones que tuvieron los mandos policiales y militares para actuar como actuaron o, en su caso, para determinar quién les ordenó que actuaran de esta forma.
33. La formulación del Informe Final no tuvo suficientemente en cuenta la característica que tiene el proceso colectivo y no individualizado de toma de decisiones de los pueblos indígenas, donde los dirigentes deben asumir la función para la que han sido designados y no tratar los asuntos de sus pueblos como una cuestión personal o particular.
34. El Informe Final no manifiesta un principio y derecho básico referido al valor de la vida y que todo acto de violencia, venga de donde venga, va en contra de toda legalidad. No se explicita el repudio de las formas como se enfrentaron hermanos peruanos. No se debe olvidar que el Estado tiene la responsabilidad de proteger a sus ciudadanos. No se expresan las condolencias a todo familiar y toda persona que ha sido gravemente afectado por este conflicto. Falta el aspecto de sensibilidad humana en el Informe Final.
35. Junto con la búsqueda de la verdad, la CEI tiene como objetivo proponer condiciones para que tales hechos no se repitan. A pesar de ello ésta no ha hecho notar el clima de permanente de hostilización del Estado contra las organizaciones indígenas, lo que evidentemente no favorece en absoluto el restablecimiento de la paz y reconciliación buscadas.
36. El Informe Final carece de una dimensión inherente a la reconciliación, que es la de generar medidas para reparar los daños infringidos a todas las partes involucradas en el conflicto; y en especial, proponer medidas que reviertan, aunque fuere en parte, el dolor sufrido por las familias y comunidades que han sufrido la pérdida de sus seres queridos como consecuencia del conflicto. Proponemos que a la brevedad posible se cumpla con satisfacer las demandas que los afectados directamente por los sucesos del 5 de Junio, tanto civiles como policías o deudos, teniendo en cuenta los aspectos de salud, situación económica, situación legal e indemnizaciones.
37. Debe garantizarse la seguridad de los valiosos materiales obtenidos por la Comisión, su sistematización adecuada y la identificación de los vacíos de información pendientes, tomando este acervo como material de base para que, con los recursos y el tiempo requeridos, se pueda realizar el trabajo de investigación que la CEI no pudo concluir.
38. Se deben buscar los mecanismos que garanticen una participación efectiva de los pueblos indígenas en las decisiones que afecten su propio desarrollo, implementando de manera sistemática y efectiva el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, incluyendo la revisión de la legislación y las instituciones concernidas para adecuarlas al carácter plurinacional de nuestro país.
39. Lamentamos que todo el esfuerzo desplegado no haya llegado a buen fin, básicamente porque no se ha contado con el tiempo ni los mecanismos, ni las facilidades para hacer el trabajo que el Informe Final requería.
40. Debe asumirse como una tarea pendiente esclarecer lo que verdaderamente ocurrió el 5 de junio, a fin de determinar causas, consecuencias y recomendaciones, aprovechando el material ya recopilado y completando éste.
41. Es muy importante que en cualquier investigación se cuente con la participación de los organismos internacionales; tal como lo sugirió el relator de las NNUU en su informe.
42. Los suscritos manifestamos que el presente documento tiene como objetivo explicar las razones por las que no podemos suscribir el Informe Final de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua. Hacemos también observaciones en cuanto a puntos afirmados, por su falta de sustentación, su disconformidad con la investigación realizada por la CEI y por contradecir ideas y afirmaciones que existen al respecto.
43. Los que suscribimos esta carta nos comprometemos a presentar en un tiempo prudencial un informe alternativo, basado fundamentalmente en el material acumulado por la comisión, así como en otros documentos públicos existentes y en otros insumos que sirvan para completar las fuentes con las que ya se cuenta.
Jesús Manacés Valverde, Presidente de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua
María del Carmen Gómez Calleja, miembro de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua
Notas:
(1) Por ejemplo, es muy poco lo que se dice de los cincuenta y cinco días que duraron los hechos de la Estación de Bombeo Nº 6, mientras que en la cronología se menciona y valora la publicación de determinados libros cuya relevancia para el análisis de los sucesos del 5 de junio en Bagua no se alcanza a comprender. Se hace mención, también, a las protestas o episodios de violencia ocurridos en toda la Amazonía, pero no se mencionan los ataques verbales que durante más de un año se hicieron contra los pueblos Amazónicos por parte de las autoridades y determinados medios de comunicación. No se hace ninguna referencia, en cambio, a las decisiones o debates que hubo sobre el conflicto Amazónico a nivel del Consejo de Ministros.
(2) Informe Final, página 3, primer párrafo.
(3) Informe Final, página 4, último párrafo.
(4) De hecho, estando por vencerse el plazo asignado por la Resolución Ministerial Nº 0664-2009-AG para investigar y analizar los sucesos de Bagua (que vencía el 9 de diciembre), el Ministro de Agricultura denegó el pedido de la CEI para que dicho plazo se ampliara en orden a culminar en buena forma los trabajos de la Comisión, y no en la forma apresurada en que venía haciéndose.
(5) Informe página 28 quinto párrafo; página 29, párrafos segundo y tercero. Al referirse al DL 1015 la CE señala que “Al cambiar el concepto de Padrón Comunal por el de Asamblea [el decreto] facilita la posibilidad de enajenar las tierras de la comunidad por un pequeño grupo que de quórum a la reunión y el voto”. Al referirse al DL 1073, señala que “modifica el régimen de disposición de tierras de las comunidades sin haberles consultado. De esta manera se ha contravenido el artículo 6 del convenio 169 de la OIT”. Lo mismo ocurre cuando se refiere al DL 1090 o “Ley de la Selva”, señalando que en “la citada norma las concesiones son otorgadas a los empresarios por plazos renovables de cuarenta años, sin embargo, en ninguna parte se señalan que estas estén circunscritas a determinadas zonas de manejo de superficie forestal. No se considera la consulta a los pueblos indígenas que viven en la zona concesionada. En el artículo 10 correspondiente a permisos y autorizaciones no se señala la consulta que debe realizarse a los pueblos indígenas. La norma no contempla la superposición de concesiones y los problemas de demarcación de territorios de las comunidades indígenas”.
(6) Entre otros medios, en la entrevista concedida a la revista Idéele, la señora Aráoz dijo: “La derogatoria del DL 1090 y su modificatoria, la ley 29317, nos lleva a un incumplimiento de nuestros compromisos internacionales que, gracias al diálogo que establecieron las autoridades peruanas con sus contrapartes, nos permite evitar potenciales sanciones, por el momento”. Ver en http://www.revistaideele.com/node/502?page=0%2C1
(7) En una entrevista a la periodista Paola Ugaz en Terra Magazine, el ex presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon, aseguró que Mercedes Aráoz tuvo responsabilidad política por el Baguazo, durante su paso por la cartera de Comercio Exterior y Turismo. Simon mencionó que Aráoz no dio información exacta al Ejecutivo sobre si los decretos legislativos afectaban o no a la Amazonía. Ver en http://www.actualidadambiental.pe/?p=1818.
(8) A quienes critica que sólo promueven los derechos de la población en los lugares más alejados sin subrayar sus deberes y responsabilidades, además de no promover un diálogo intercultural con el Estado (Informe Final, página 82, párrafo doce).
(9) A quienes acusa de irresponsabilidad en el manejo de la información (Informe Final, páginas 79, párrafo seis, página 82 párrafo seis).
(10) A quienes imputa parcialización con el movimiento indígena “confundiendo su papel evangelizador y de equilibrio entre el Estado y la ciudadanía” (Informe Final, página 82, párrafo once).
(11) El Informe Final hace reiteradas referencias a los congresistas nacionalistas Janet Cajahuanca, Marisol Malpartida, José Maslucan y Rafael Vásquez (Informe páginas 32, segundo párrafo, página 41 sexto párrafo, página 82 cuarto párrafo).
(12) Informe Final, página 82, cuarto párrafo.
(13) En este último aspecto, es notorio, además, el interés de promover la criminalización de éstos, tal como se advierte cuando, por ejemplo, sin citar ni escuchar al implicado, se señala que “El Presidente de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Perú (ODECOFROC) Zebelio Kayap, junto con otros indígenas secuestraron a seis trabajadores de la minera Afrodita en la provincia de Condorcanqui”. “Otros indígenas” y “seis trabajadores” que, a diferencia del Presidente de ODECOFROP, no se identifican en ningún momento en el informe, ni se cita la fuente de las gravísimas aseveraciones que se hacen al respecto. Ver al efecto, Informe, página 31, tercer párrafo.
(14) Por ejemplo, Informe Final, página 24 párrafos segundo, tercero y cuarto; página 25 párrafos cuatro, cinco, seis y siete; página 26 tercer párrafo; página 27 primer párrafo; página 28 tercer y quinto párrafos; o página 29 tercer párrafo.
(15) Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Señor James Anaya, “Observaciones sobre la situación de los Pueblos Indígenas de la Amazonía y los sucesos del 5 de junio y días posteriores en las provincias de Bagua y Utcubamba, Perú”, 20 Julio de 2009, páginas 11-14.
Fuente: Servindi