LUEGO DE QUE SE PUBLICARA EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA NACION LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA DE ENERGIA
Uno de los requisitos a cumplir por parte de las empresas solicitantes es comprobar una mayor producción que el año pasado. Como es una medida retroactiva a marzo, se entregarán Certificados de Crédito Fiscal.
La Secretaría de Energía dispuso que el programa Petróleo Plus vuelva a tomar vigencia, aunque estableció como condición que las empresas interesadas tengan a partir de octubre próximo niveles de producción superiores a los registrados en el último trimestre de 2011.
La resolución 438/2012 del organismo a cargo de Daniel Cameron fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación. La información sobre la posible reactivación del programa de beneficios para la exportación de crudo venía de hace dos semanas y contaba con la insistencia de las provincias petroleras, en especial de Chubut.
La medida que restablece el programa de incentivos abarca a las empresas con intenciones de realizar envíos al exterior de petróleo crudo, cuya producción media diaria correspondiente al período 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 sea superior a 1.300 metros cúbicos por día.
Una de las operadoras del sector que cumple con esos requisitos es Pan American Energy, envuelta por estos días en un conflicto con una fracción de los trabajadores de la construcción, conocidos como los “Dragones”, que luego de realizar medidas de acción directa por un reclamo gremial paralizaron por completo la actividad del mayor yacimiento de PAE: Cerro Dragón.
La resolución 438/2012 también incluye a las compañías que con menor producción y que deban realizar exportaciones de petróleo en forma ocasional. A los efectos del cómputo de la producción, la Secretaría de Energía considerará todos los yacimientos donde la empresa solicitante tenga concesión o un porcentaje.
Es una medida retroactiva al mes de marzo, con lo cual las operadoras podrán solicitar una compensación que será efectiva mediante la entrega de Certificados de Crédito Fiscal transferibles a su valor nominal, que podrán ser utilizados para el pago de derechos de exportación.
La aplicación de la normativa será para las exportaciones realizadas a partir del 3 de febrero de 2012, inclusive, y las compensaciones podrán ser revisadas trimestralmente, teniendo en cuenta la evolución de precios internacionales y el comportamiento de los valores de comercialización en el mercado interno.
En los considerandos de la resolución, se remarca la necesidad de “considerar la instrumentación de medidas para coadyuvar al objetivo de lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos”.
Patagónico