Constitución reconoce derechos de pueblos indígenas pero su cumplimiento está lejos de implementarse
Por Susan Abad.- La gran contradicción en Colombia es que si bien puede ser uno de los países con mayor desarrollo institucional y de derechos formalmente escritos para los pueblos indígenas, existe un gran vacío entre la implementación y lo que les reconocen las leyes y la Constitución Política.
Según su Carta Magna, Colombia es un Estado pluriétnico “y a partir de ahí tenemos derecho a la autonomía en la justicia, en educación y en territorio. Derecho a la participación política, a tener nuestros propios gobiernos, a que se nos consulte cuando haya medidas legislativas y administrativas que nos afecten”, explica a Noticias Aliadas Juvenal Arrieta, secretario general de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC).
Añade que los pueblos indígenas han conquistado “a través de la vía formal y la vía de hecho” que se les reconozcan las formas de organización tradicional de los pueblos a través de los cabildos o los cacicazgos, el derecho a la tierra y al territorio, por medio de la figura de las tierras resguardadas (que el Estado les ha otorgado), o de los resguardos de origen colonial. Igualmente el establecimiento de que las tierras colectivas de los pueblos indígenas son imprescriptibles, inembargables y enajenables.
Otro de los logros de estas comunidades ha sido la representación política. “1991 constituye un año de quiebre en el modelo de cómo se relaciona el Estado con los pueblos indígenas. Si bien ya teníamos unos derechos reconocidos, la Constitución política de ese año —que tiene 23 artículos relacionados con los pueblos indígenas— les da el derecho (en los artículos 171 y 176) a una circunscripción especial electoral que les permite tener tres curules en el Congreso: dos senadores (de 102) y un representante (de 166)”, afirma en conversación con Noticias AliadasHernando Hernández Tapasco, representante a la Cámara Baja por el izquierdista Polo Democrático Alternativo e integrante de la llamada Bancada Indígena, conformada también por los senadores Marco Avirama, de la Alianza Social Indígena, y Germán Carlosama, del Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia, y el representante por el Vaupés, Iván Sandoval, del Partido Liberal, quien pese a no haber sido electo por la circunscripción especial de los indígenas, hace parte del grupo por iniciativa propia.
Institucionalidad queda en el papel
La tarea de materializar los derechos constitucionales por parte del Estado colombiano recae en la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom del Ministerio de Interior y de Justicia, que en el “Compendio de Legislación, Jurisprudencia y Documentos de Estudio sobre la Consulta Previa a Grupos Étnicos”, publicado en diciembre del 2009, asegura que “con la entrada en vigor de la Constitución Política de 1991 y la adopción de instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT [que entró en vigor con la Ley 21 de 1991] Colombia ha sido exaltada como uno de los Estados más adelantados en el reconocimiento de los derechos fundamentales individuales y colectivos de los grupos étnicos”.
Sin embargo, estos reconocimientos y representatividad, “si bien podrían verse como una fuerte empoderamiento de los pueblos indígenas, son en realidad una institucionalidad muy tibia que gira entre el reconocimiento formal y la falta de implementación real”, asegura Arrieta. “Colombia tiene 102 pueblos indígenas y de ellos 62 están en riesgo inminente de exterminio físico y cultural. Las comunidades indígenas tienen el 35% del territorio nacional, unos son [territorios] ancestrales, otros son reserva indígena, otros son resguardos, pero muchos de ellos están en desiertos o páramos donde no son productivos y las estrategias del gobierno constituyen una gran amenaza. Los proyectos minero-energéticos y de agroindustria, que tienen sus grandes intereses de inversión, amenazan muchas de las tierras de los pueblos indígenas. El conflicto armado los afecta directamente y si no los mata los desplaza” explica a grandes rasgos.
“El marco normativo que cobija a los pueblos indígenas en nuestro país se queda en el discurso y en el papel”, dice a su vez el representante Hernández. “Al inicio de este gobierno [del presidente Juan Manuel Santos en el 2010], los indígenas permitimos que se aprobase el Plan Nacional de Desarrollo, que se hizo con un decreto con fuerza de ley que acordaba 96 artículos a favor de los pueblos indígenas. Vamos para tres años de gobierno y ninguno de ellos se ha cumplido. También participamos y permitimos la aprobación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras y se nos aprobó un trato diferencial para repararnos y cómo restituirles las tierras a los indígenas que las perdieron, pero vemos que esta ley sigue siendo excluyente y se va a quedar en papel también”.
Representación política debilitada
La amenaza de fractura y debilitamiento de su representación política en el Congreso de la República también pende sobre las organizaciones de las minorías étnicas. Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, que organiza la observación electoral internacional de la sociedad civil, advirtió hace unas semanas que tras la revisión que en el 2011 hizo la Corte Constitucional de la Ley Estatutaria 1475 —que dispuso la nueva organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos— las minorías afrocolombianas e indígenas podrían perder la posibilidad de aspirar a las elecciones del 2014.
“Cada vez que vayamos a elecciones al Congreso las diferentes organizaciones de índole indígena y afrodescendiente, van a tener que recoger firmas para aspirar a la elección. Pero si obtienen la curul, en las próximas elecciones no van a poder volverse a presentar para esas mismas curules”, dijo a Noticias Aliadas.
La abogada arhuaca Belkis Izquierdo, asesora del programa presidencial para la formulación de estrategias y acciones para el desarrollo integral de los pueblos indígenas y participante en la Mesa de Concertación del gobierno con los pueblos y organizaciones indígenas, admite que “si bien se han hecho unos desarrollos a nivel de salud indígena con algunas empresas prestadoras de servicios de salud, unos manejos directos en temas de educación, se requiere la conformación de las entidades territoriales indígenas [oficinas de salud, educación propias]. También se necesita la transferencia de recursos directos hacia las autoridades indígenas, lo cual implica un acompañamiento en todos los procesos de capacitación en el manejo administrativo y financiero de ellos”.
La abogada asegura que se debe buscar “que las distintas instituciones que trabajan con temas indígenas logren una coordinación y un accionar institucional que busque garantizar sus derechos. Hay que lograr un empoderamiento de los pueblos, organizaciones y autoridades indígenas para hacer el ejercicio de estos derechos. Tenemos un marco fundamental en el cual debemos empoderarnos para exigirlo, pero también para mirar qué tipo de propuesta en este tipo de adecuación institucional se hace”.
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