La petrolera YPF exigió ante la justicia local la nulidad de un fallo arbitral al que se sometió en París, que la condenó a pagar una suma millonaria por cortarle el suministro de gas a Brasil. La presentación se hizo en la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que debe decidir si acepta o no el planteo de la firma que lidera Miguel Galuccio.
YPF pidió un “recurso de nulidad y queja en subsidio” por el fallo que dictó la Cámara de Comercio Internacional, entidad arbitral con sede en la capital francesa, en el que se les dio la razón a las empresas que reclaman, desde 2009, una indemnización de US$ 1600 millones.
Hace tres días, según consta en la página web del Poder Judicial, intervino la fiscal subrogante Raquel Mercante, designada por la procuradora Alejandra Gils Carbó en el cargo que ella ocupó previamente.
Sin embargo, desde YPF respondieron a LA NACION que “no hubo novedades” por este tema desde el fallo arbitral dictado en mayo último. Si bien el tribunal arbitral, integrado por dos argentinos (Roque Caivano y Alejandro Garro) y presidido por la suiza Gabrielle Kaufmann-Kohler, ex ejecutiva del banco UBS, aún debe decidir el monto de la compensación, YPF se adelantó al final.
La demanda original es de US$ 1300 millones para AESU y US$ 330 millones para TGM, pero la suma podría ser modificada por los árbitros mencionados.
El argumento para pedir la nulidad en París fue que existieron contradicciones entre los integrantes del tribunal que dictó el fallo, indicó otra fuente ligada al caso.
En primer lugar, el abogado de YPF, Daniel Suárez, viajó para presentar ante la cámara esta solicitud. Tras permanecer unos días en la capital francesa, fue notificado de que no era necesario que hubiera viajado, ya que podría haberlo pedido por correo electrónico.
Según las condiciones del litigio, el tribunal arbitral debía expresar si aceptaba o no el pedido de anulación antes de que una de las dos partes planteara un recurso de queja a la justicia ordinaria. Pero YPF se adelantó al reclamarlo con el expediente 14262/2013 ante la Sala D, con la intención de que, con un criterio “localista”, los camaristas desechen la potestad de los árbitros para ejecutar una sentencia contra una empresa argentina.
Las demandantes afirmaron que se trata de un error, porque las partes no pueden girar el caso a los tribunales ordinarios hasta que no se agote la vía arbitral, que, en este caso, debe resolver el monto a pagar.
Otra polémica subyace sobre el lugar para radicar la queja: para los abogados externos de YPF que llevan el caso, del estudio Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (H), correspondía hacerlo en Buenos Aires; para los demandantes, en Montevideo.
Los demandantes fueron AES Uruguaiana Emprendimentos -del grupo norteamericano energético AES- y Transportadora de Gas del Mercosur, de las firmas Tecgas (del grupo argentino Techint), Total, CGC, CMS y Petronas.
Las empresas reclamaron que, sin ese gas, no pudo funcionar una nueva planta en Brasil, como resultado de la crisis energética que el Gobierno nunca reconoció.