El ABC de la promoción en hidrocarburos

El Gobierno publicó el decreto 929. Beneficia a empresas que inviertan más de U$S1.000 millones. Aquí los beneficios, límites y la letra chica.
Por Federico Manrique.- Fue publicado en el Boletín Oficial y rige en la Argentina un nuevo régimen de promoción de inversiones en hidrocarburos convencionales y no convencionales. El decreto 929/2013 establece nuevas condiciones para la explotación de hidrocarburos en la Argentina. Aquí lo que dice la norma, su alcance, límites y la letra chica que deben leer los inversores: 
1-Promoción.
El Gobierno nacional por medio del decreto 929/2013 creó el Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos, tanto convencionales como no convencionales. El decreto se ampara en la ley 26.741 de Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina.
2-¿Quiénes pueden entran?
Podrán ingresar al Régimen Promocional los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas que sean titulares de permisos de exploración y/o concesiones de explotación de hidrocarburos y/o terceros asociados a tales titulares conjuntamente con éstos, que presenten ante la Comisión de Planificación  y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas creada por el Decreto Nº 1277/12 un “Proyecto de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos” que implique la realización de una inversión directa en moneda extranjera no inferior a un monto de U$S1.000 millones calculada al momento de la presentación del proyecto y a ser invertidos durante los primeros 5 años del proyecto. Dicha inversión puede ser realizada por personas jurídicas residentes o no en la Argentina.
3-¿Qué ganan los beneficiados?
Las empresas que ingresen al “Régimen Promocional” gozarán, en los términos de la Ley Nº 17.319, a partir del quinto año contado desde la puesta en ejecución de sus respectivos “Proyectos de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos”, del derecho a comercializar libremente en el mercado externo el 20% de la producción de hidrocarburos líquidos y gaseosos producidos en dichos proyectos, con una alícuota del 0% de derechos de exportación, en caso de resultar éstos aplicables. Esto implica que a las empresas que inviertan más de U$S1.000 millones en la Argentina, recién se les permitirá exportar el 20% de su producción como máximo a los cinco años de la puesta en ejecución del proyecto y a una tasa cero en derechos de exportación (retenciones).
MDZ