El Yasuní en disputa. Apuntes para una cronología del conflicto

Por Equipo Investigación GAJAT
Buenos Aires, noviembre, 2013.
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a) El Yasuní, una pincelada en el ámbito local.
El Parque Nacional Yasuní, ubicado en las provincias de Pastaza y Orellana, en la Amazonía ecuatoriana, comprende un área protegida de 982.000 hectáreas de bosque húmedo tropical, equivalente aproximadamente a 49 veces la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o casi la totalidad del área urbana metropolitana de Ciudad de México.
Delimitado en julio de 1979, y como parte de la Reserva de la Biósfera declarada por la UNESCO en 1989 (1), es el área protegida más extensa de Ecuador continental. En su interior se concentra el mayor número de especies de árboles y arbustos por hectárea del mundo (2), así como el 40% de las especies de mamíferos de la cuenca amazónica (3), número que asciende a 57% a nivel nacional (4). A su vez, es uno de los lugares con mayor diversidad de aves del mundo, y de reptiles y anfibios de América del Sur (5).
Históricamente esta porción del Amazonas ha sido territorio de la nacionalidad  indígena Waorani, y de los pueblos Tagaeri y Taromenane (6), dos de los llamados “pueblos en aislamiento voluntario” o “pueblos libres” que habitan la región, es decir, pueblos indígenas que han permanecido y reproducido su vida en estos territorios sin intención de contacto con el resto de la sociedad. En 1999, mediante Decreto Ejecutivo, se delimitó una zona dentro del Parque Nacional con el objetivo de respetar su autodeterminación, declarándose la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane (ZITT), vedada a perpetuidad a toda actividad extractiva.
En 2007 se procedió a la delimitación de la zona, que comprende 758.048 hectáreas, ordenada por Decreto Ejecutivo nº 2187, así como el establecimiento de una Zona de Amortiguación circundante, de 10 kilómetros de ancho, donde se prohíben la actividad minera, forestal y nuevas obras de infraestructura, aunque se permite la actividad hidrocarburífera con “técnicas de bajo impacto” (7) . Sin embargo, a pesar de la delimitación, se han sucedido diversos episodios de violencia, producto del contacto y del impacto que generan las actividades extractivas en la zona de influencia de la ZITT.  Cabe aclarar que la delimitación de esta zona se realizó en cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH en 2006 (8), luego de una matanza, en 2003, de un grupo de entre 15 y 30 indígenas Taromenane (9), aparentemente, en el marco de conflictos relacionados con la tala ilegal.
También en 2007 se formuló la Política Nacional sobre Pueblos en Situación de Aislamiento Voluntario, la cual se propone, entre sus ejes fundamentales, “que se respete su derecho a la autodeterminación como pueblos y su voluntad de permanecer aislados” y “que su exterminio no sea jamás considerado como un medio para facilitar las actividades extractivas en la Amazonía, ni como un resultado colateral inevitable” (10).
Dicha política, a su vez, se funda sobre 9 principios que deben guiar la acción del Estado:
Intangibilidad del territorio, que busca evitar cualquier actividad, del tipo que sea, que pueda poner en peligro su supervivencia.
Autodeterminación, que entiende el aislamiento como resultado del derecho a la libre determinación y como consecuencia de las agresiones sufridas.
Reparación, que busca el restablecimiento de la situación anterior de la víctima y garantías de no repetición.
Pro Homine, que busca la aplicación de las normas que proporcionen el mayor grado de protección a los pueblos en aislamiento voluntario.
No Contacto, principio que establece que deberán ser los pueblos indígenas en aislamiento los que decidan de manera libre y voluntaria el establecimiento o no de contactos con la sociedad nacional.
Diversidad Cultural, principio que va de la mano con el anterior y que entiende que la cultura es la esencia de existencia de los pueblos y  que junto al territorio es parte integral de su identidad.
Precaución, fundamenta la exigencia de medidas preventivas en caso de incertidumbre o dudas respecto de políticas o actividades que puedan afectar la vida, y la integridad de los pueblos en situación de aislamiento voluntario.
Igualdad, en un marco de pluralismo étnico y cultural y jurídico.
Respeto a la dignidad humana, lo que significa que “jamás puede admitirse el exterminio físico o cultural de los pueblos en aislamiento voluntario como un medio para obtener los recursos que hacen falta en los procesos de desarrollo en beneficio de los demás ecuatorianos” (11).
b) La sangre y el petróleo.
Documentado de diversas maneras, el territorio amazónico ha sido escenario y cuna de la inhumana violencia con que el extractivismo busca abrirse paso entre las selvas. Putumayo, Napo, Iquitos, el mismo Yasuní y muchos otros ríos y parajes del enorme Amazonas, conformaron una cartografía de la explotación y el colonialismo, el cual entrado el siglo XIX y XX hizo corriente el exterminio y los castigos como el modo de apropiación y relación con los pueblos que habitan estos territorios.(12)
No parece tan extraño, aunque sí agresivo, que a las puertas del siglo XX, en 1899, un reconocido viajero estadounidense entregado a la fiebre del caucho, y viendo en las cuencas del Napo y el Yasuní un paraíso para el enriquecimiento, consideraba la violencia y la inversión extranjera como una oportunidad para la acumulación y los intereses de la más diversa índole:  “Probablemente la verdadera solución de este complicado problema llegará cuando algún extranjero emprendedor encuentre oro o algún otro producto apreciado en aquella tierra ignorada y empiece una rápida invasión al nuevo El Dorado. Entonces, bajo el recurso de las armas, en el cual las tribus salvajes probablemente jugarán un papel nada inferior, los países interesados zanjarán la cuestión con la guerra”.(13) Resuenan sus palabras como un lúgubre epígrafe antes de comentar algunos acontecimientos lamentables y nada nuevos.
En el año 2005, en el contexto de la conflictividad producida por las actividades de  tala ilegal, fue muerto un hombre, aparentemente por indígenas aislados, dentro de la ZITT. En 2008, otro maderero fue muerto por indígenas en aislamiento voluntario dentro del campo petrolero Armadillo, controlado por la estatal Petroecuador y el Consorcio Energético Gran Colombia (14).
En aquella ocasión, el Ministerio del Ambiente, a través de su Plan de Medidas Cautelares, solicitó, la suspensión de la actividad del campo petrolero como medida precautoria.
En 2009 se registró el asesinato, por parte de indígenas aislados, de una familia de colonos en las inmediaciones del pozo petrolero Hormiguero Sur, fuera de la zona intangible.
Más recientemente, en marzo de 2013, fueron asesinados dos ancianos waorani dentro del bloque 16, fuera de la ZITT, tras lo cual habría habido un ataque de los waorani hacia los taromenane, del cual se desconoce el número de víctimas. Ante estos sucesos, las organizaciones nucleadas en la CONAIE advirtieron, en un comunicado fechado el 3 de abril del 2013,  que estos conflictos vivenciados por los pueblos Waorani, Taromenane y Tagaeri no responden a una disputa entre clanes, sino que son “resultado lógico del modelo de desarrollo económico extractivista y de la colonización acelerada de los territorios indígenas”, que están provocando desplazamientos de los pueblos más allá de los territorios tradicionales.(15) Por su parte la Organización de Nacionalidad Waorani de Orellana (ONWO), en un comunicado fechado el 7 de marzo de 2013, responsabilizaba a las autoridades nacionales de la conflictividad y el derramamiento de sangre, advirtiendo que “si no existiesen actividades de penetración (en territorio intangible), las familias aisladas permanecerían libres y se reducirían los encuentros violentos”. Ante las posibles repercusiones que pudieran tener estos hechos exigían al Estado: “… frenar todo intento por utilizar los hechos de sangre que han cobrado la vida de miembros de familias waorani en contacto, como excusa para perpetrar un contacto forzado que implicaría muerte, despojo territorial y el posible exterminio entre waorani…”. (16)
En mayo de 2013, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, instó al gobierno de Ecuador a tomar las medidas necesarias para prevenir estos conflictos y, respecto de los Pueblos en Aislamiento,  manifestó que “… se debe respetar el principio de no contacto, lo que implica implementar una política pública que proteja sus espacios vitales y les preserve de presiones por parte de empresas extractivas, la tala ilegal de madera, y el asentamiento no autorizado en el área…”. (17)
c) La encrucijada del desarrollo: “El mundo nos ha fallado”
La protección y el respeto a la autodeterminación de los pueblos en aislamiento fue uno de los argumentos con los cuales, en septiembre de 2007, el gobierno de Ecuador presentó ante la Asamblea General de Naciones Unidas la “Iniciativa Yasuní-ITT”, cuyo objetivo consistía en dejar indefinidamente bajo tierra alrededor de 846 millones de barriles de petróleo, equivalentes al 20% de las reservas del país, alojadas en el subsuelo del Parque Yasuní, dentro de los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini (ITT), a cambio de que la comunidad internacional contribuyera financieramente, en 12 años, con al menos el 50% de los recursos que obtendría Ecuador si explotara esas reservas, que es lo mismo que decir 3.600 millones de dólares.
La propuesta tomaba como argumento fundamental la corresponsabilidad diferenciada de los distintos países sobre la producción del calentamiento global. La iniciativa permitiría evitar la emisión a la atmósfera de 407 millones de toneladas de CO2, a la vez que preservar de la actividad petrolera una de las zonas más biodiversas del planeta y hogar de los pueblos indígenas aislados.
Sin embargo, 6 años después, el  15 de agosto de 2013, el Presidente de Ecuador, Rafael Correa, anunció por cadena nacional la firma de un Decreto Ejecutivo que ponía fin a la Iniciativa y ordena solicitar a la Asamblea Nacional la declaratoria de Interés Nacional del aprovechamiento del petróleo en los bloques 31 y 43 (ITT), de acuerdo al Art. 407 de la Constitución (18), para habilitar a la estatal Petroamazonas a iniciar actividades allí. “Lamentablemente, tenemos que decir que el mundo nos ha fallado”, fue la célebre consigna con que el presidente Correa explicaba que sólo se habrían recaudado 13,3 millones de dólares, apenas el 0,37% de lo esperado y que, de una u otra forma, el subsuelo del Yasuní albergaba la llave para el desarrollo nacional, la lucha contra la pobreza y el progreso en general.
Ante el anuncio, organizaciones ecologistas, de derechos humanos, pueblos indígenas y ciudadanía en general, expresaron su repudio en diversas manifestaciones en distintos puntos del país (19). La CONAIE se declaró en alerta y cuestionó los argumentos oficiales: “Los más de 40 años de explotación petrolera no han solucionado la pobreza en el país, sino que esta riqueza se ha concentrado en pocas manos dejando un pasivo ambiental que afecta cotidianamente a las poblaciones amazónicas”. (20)
Mirna Cunningham, miembro del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, emitió una declaración donde recuerda al Estado ecuatoriano que “las actividades petroleras en territorio de pueblos indígenas en aislamiento voluntario atentan contra las disposiciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por la Republica del Ecuador el 15 de mayo de 1998 y de la Convención sobre la Diversidad Biológica, ratificada por el Ecuador el 23 de febrero de 1993”, y exhortó “al Presidente del Ecuador y su gobierno a rectificar la decisión tomada considerando que la consulta previa, libre e informada, es imposible en el caso de  pueblos en aislamiento voluntario, por lo cual el Bloque ITT no debe ser explotado”- (21)
Como se había anunciado, el Presidente remitió a la Asamblea Nacional el pedido de declaratoria de interés nacional de los bloques en cuestión. El 12 de septiembre, ante la Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional, en el marco de los debates en torno del pedido del Ejecutivo, Eduardo Pichilingue Ramos, coordinador del Observatorio de Derechos Colectivos del Ecuador del Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), explicó que la territorialidad de los Pueblos en aislamiento se extiende más allá de la ZITT, y sostuvo que esta última “se declaró con urgencia con estos límites prácticamente para evitar el avance de la frontera extractiva y, al menos, salvaguardar una parte del territorio” (22), además de haberse realizado bajo presiones de las petroleras. Sostuvo, así mismo, que dentro del bloque ITT existen zonas que funcionan como cotos de caza para los Pueblos no contactados y subrayó la necesidad de comprender que “el lugar de habitación (la “casa” por decir así) –de los pueblos aislados- es sólo una pequeña parte del territorio (siendo éste todo el espacio por donde ellos se mueven, el espacio que necesitan para cazar, para recolectar, pescar y que es el sustento para sus vidas)” (23).
Finalmente, el 3 de octubre, tras 10 horas de sesión, la Asamblea Nacional aprobó la  Declaratoria con 108 votos a favor y 25 en contra. En la resolución se excluye de la zona a explotar la Zona Intangible y se dispone la suspensión de operaciones en el caso de avistamiento de pueblos en aislamiento voluntario hasta que se dispongan medidas protocolares que precautelen los derechos los Pueblos aislados (24). Sin embargo, en ocasión de la presentación ante la Comisión de Biodiversidad, Pichilingue Ramos había recordado que “la Suspensión de actividades en Hormiguero Sur, después del ataque mortal con lanzas a Sandra Zabala y sus hijos, fue pedida por la Ministra Marcela Aguiñaga a Germánico Pinto, Ministro de Minas y Petróleos, en el Oficio No. MAE-D-2009-0429, 14 de agosto del 2009.  Este oficio nunca tuvo respuesta y jamás se paró la actividad en el bloque 17” (25), precedente que preocupa a las organizaciones ante una posible situación similar en la ZITT.
Más allá de la imposibilidad de realizar una consulta previa con Pueblos en aislamiento, tampoco los pueblos contactados que habitan dentro de Yasuní fueron consultados. Organizaciones ecologistas e indígenas de Ecuador han impulsado movilizaciones exigiendo la realización de una consulta popular para que la ciudadanía exprese su acuerdo o desacuerdo respecto de la explotación. El Movimiento Nacional Yasunidos, había manifestado en septiembre: “El verdadero “Buen Vivir” no puede contemplar la depredación de la naturaleza ni la vida de los seres humanos (…) Entendemos y rechazamos que la explotación del Yasuní es el resultado de una política extractivista más amplia del gobierno, que se materializa en medidas como: la XI ronda petrolera, la expansión de la minería a gran escala, la introducción de transgénicos, la profundización de un modelo agro-industrial de monocultivos, etc. Por eso, creemos en la iniciativa de mantener el crudo bajo el suelo en el Yasuní – ITT como un emblema nacional e internacional que supone un primer paso para avanzar hacia modelos post-extractivistas, hacia otras formas de vida socialmente justas y ecológicamente sostenibles” (Declaratoria del Colectivo Yasunidos, septiembre de 2013).
La organización es una de las impulsoras de la consulta popular en base a la pregunta: “¿Está usted de acuerdo en que el Gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT indefinidamente bajo el subsuelo?”. El Consejo Nacional Electoral ha entregado los formularios y las organizaciones han empezado a recolectar las 600.000 firmas (5% del padrón electoral) necesarias para dar paso a la consulta a nivel nacional, aunque previamente la Corte Constitucional  deberá calificar la pregunta.
¿El Yasuní “seguirá viviendo”?
Desarrollo, progreso, combate a la pobreza, son las promesas actuales de los impulsores de las actividades extractivas en el Yasuní, como en toda la región. Es la retórica con que se instala el capital transnacional y detrás de la cual se alinean los Estados nacionales. Sin embargo en los territorios habitados por los pueblos indígenas estas promesas muestran su contracara de despojo. La retórica del desarrollo implica tácitamente una retórica del sacrificio, la elección de los territorios y los pueblos que deberán soportar los costos del progreso del resto de la ciudadanía.
Al anunciar el fin de la Iniciativa Yasuní-ITT, Correa aseguraba que “el mayor atentado a los Derechos Humanos es la miseria, y el mayor error es subordinar esos Derechos Humanos a supuestos derechos de la naturaleza”. Sin embargo, el derecho al territorio es un derecho humano de los pueblos indígenas, normado por los instrumentos internacionales a los cuales ha suscripto Ecuador. Derechos humanos y derechos de la naturaleza no pueden aparecer disociados en un Estado intercultural sino a riesgo de perder tal condición. El fin de la iniciativa Yasuní expresa el carácter inacabado de un Estado que se pretende plurinacional y se muestra monocultural.
La consulta popular impulsada por un amplio arco de organizaciones indígenas y ecologistas, aparece como el posible freno de emergencia al avance extractivo sobre estos territorios. Cualquiera sea el resultado de esta consulta, sin embargo, no debiera definir el avance sobre los territorios de los Tagaeri y Taromenane, los cuales, según la propia Constitución, son  irreductibles e intangibles, y en ellos queda vedada todo tipo de actividad extractiva, siendo que su autodeterminación y la voluntad de permanecer en aislamiento son derechos que el Estado ecuatoriano no podrá violar sin cometer delito de etnocidio.
 
Notas
1- Según las Estrategias de Sevilla (1995) , donde se delinean los objetivos de Las Reservas de la Biósfera, éstas “deben cumplir con tres funciones complementarias: una función de conservación para proteger los recursos genéticos, las especies, los ecosistemas y los paisajes; una función de desarrollo, a fin de promover un desarrollo económico y humano sostenible; y una función de apoyo logístico, para respaldar y alentar actividades de investigación, de educación, de formación y de observación permanente relacionada con las actividades de interés local, nacional y mundial encaminadas a la conservación y el desarrollo sostenible”. Reservas de la Biósfera, Las estrategias de Sevilla y el Marco Estatutario de la Red Mundial, Programa del Hombre y la Biósfera. UNESCO, París 1996.  Ver: http://unesdoc.unesco.org/images/0010/001038/103849sb.pdf
2- Ver: http://web.ambiente.gob.ec/?q=node/69
3- La cuenca amazónica, con una extensión aproximada de 6’683.926 kilómetros cuadrados, se extiende por ocho países:Bolivia, Brasil, Ecuador, Colombia, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela. Ver: http://www.oilwatchsudamerica.org/petroleo-en-sudamerica/ecuador/1388-ecuador-yasunas-el-aoltimo-paraasso-de-la-tierra.html
4- Ver: http://web.ambiente.gob.ec/?q=node/69
5- Ver: http://www.orellana.gob.ec/turismo/campana-yasuni/79-parque-nacional-yasuni.html
6- Estos pueblos no contactados serían familias Waorani que evitaron los procesos de contacto iniciados en la década del 50. Ver:
 http://issuu.com/fundacionpachamama/docs/comunicado_oficial_yarentaro?e=2694195/1686954
7 – Decreto Ejecutivo nº  2187 de 2007
8 – “El 10 de mayo de 2006, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó al Estado ecuatoriano que se adopten medidas efectivas para proteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos Tagaeri-Taromenani, y en especial, se adopten las medidas necesarias para proteger el territorio en el que habitan y las más efectivas acciones para impedir el ingreso ilegal de terceros”. Política Nacional sobre los Pueblos en Aislamiento Voluntario. Gobierno Nacional de la República del Ecuador, 2007.
9 – El número varía según la fuente consultada, ver por ejemplo: “Pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial” IWGIA – IPES – 2012.
10 – Política Nacional Sobre Pueblos en Situación de Aislamiento Voluntario. Gobierno Nacional de la República del Ecuador, 2007.
11 – Ídem.
12 – La reciente publicación del llamado “Libro Azul Británico”, ha motivado interesantes síntesis en relación a las aberrantes situaciones de abusos y exterminios en el Amazonas. Un buen resumen en http://servindi.org/pdf/Bol67_Putumayo.pdf
13 – Fritz W. Up de Graff, Cazadores de cabezas del Amazonas (Espasa-Calpe, Argentina, 1921) p. 160. El “complicado problema” al que hace referencia el autor, corresponde a la efectiva demarcación de las fronteras nacionales en el Amazonas por parte de países como Colombia, Ecuador, Brasil y Perú.
14 – http://www.ecuadorinmediato.com/index.php?module=Noticias&func=news_user_view&id=98958&umt=campo_petrolero_armadillo_sera_explotado_por_gran_colombia
15 – http://www.conaie.org/component/content/article/2-secundarias/522-la-conaie-ante-los-fatales-acontecimientos-dentro-del-territorio-de-la-nacionalidad-waorani
16 – Comunicado de la Organización de Nacionalidad Waorani de Orellana (ONWO). Fechado 7 de marzo de 2013.  El paréntesis es nuestro. Ver: http://issuu.com/fundacionpachamama/docs/comunicado_oficial_yarentaro?e=2694195/1686954
17 – Ver: http://unsr.jamesanaya.org/statements/ecuador-experto-de-la-onu-pide-el-fin-de-la-violencia-entre-indigenas-tagaeri-taromenane-y-waorani
18 – “Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular”. Art. 407, Constitución Nacional del Ecuador.
19 – Ver por ejemplo: http://www.eltiempo.com.ec/noticias-cuenca/128162-cuatro-detenidos-en-quito-por-protestas-contra-extraccia-n-petrolera-en-yasuna/; o http://www.elcomercio.com/politica/protestas-Yasuni-ITT-Carondelet-policias_0_982101982.html
20 – Ver: http://opsur.org.ar/2013/09/13/conaie-frente-a-la-actividad-extractiva-en-el-yasuni/
21 – Declaración de Mirna Cunningham,  Miembro del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas. Ver: http://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/decl-mc-yasuni.pdf.
22 – Ver: http://servindi.org/actualidad/93444
23 – ídem. Los guiones son nuestros.
24 – Ver:http://www.telegrafo.com.ec/politica/item/asamblea-debate-sobre-extraccion-del-crudo-de-bloques-31-y-43-del-yasuni.html
25 – Ver: http://servindi.org/actualidad/93444