Vecinos del buque regasificador de Escobar dan nuevos antecedentes en causa por importaciones

  •  ESTADO DE LA CAUSA PENAL “La Población y el Territorio en riesgo permanente, solicitan paralización preventiva” 

 

En gran medida las serias irregularidades denunciadas en la justicia respecto del Gas Natural Licuado no hacen sólo a las compras, a través  de las que se abonarían incluso por buques metaneros que nunca llegarían a la Argentina.

Sino también a la no planificada e ilegal localización del Muelle Precario de Escobar en la primera sección de islas de los humedales del Delta del Paraná y que tendría entre sus máximos responsables al ex Ministro de Planificación Federal Julio De Vido y al ex secretario de energía Daniel Camerón.

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Imagen 1: Muelle Precario  de Escobar: Operatoria Ship to Ship (o buque a buque) regulada internacionalmente para alta mar.

El día 14 de junio del 2016 vecinos e integrantes de organizaciones sociales aportaron nuevas pruebas  en el marco de la denuncia penal iniciada en el año 2011 a raíz de la instalación de un buque de almacenamiento – regasificación, diseñado y regulada su operatoria internacionalmente para efectuarse en Alta Mar y no a más de 200 km de éste, volviéndose imposible concretar, sólo por ello, una zarpada de emergencia con el agravante de que el río Paraná de las Palmas y todos los accesos navegables tienen características inapropiadas para estas operatorias.

A  nivel nacional fue sancionada en el año 2012 la Resolución Nº 338, a través de la cual se incorporaron las normativas internacionales como normas de aplicación, sin embargo, se incumplen en el caso del Puerto Regasificador de Escobar.

Los querellantes en la reciente presentación reiteraron la  solicitud de clausura preventiva del Muelle Precario de Escobar,  con capacidad para almacenar 50.000 toneladas de GNL (equivalente energético a 55 bombas de Hiroshima), ante el peligro de incendio, explosión, y otros peligros en calidad de estrago que generan las operatorias de transporte, transvase, almacenamiento y regasificación.

Los análisis de riesgos efectuados en países como EEUU., establecen el peligro a lo largo de todo el recorrido de los buques metaneros y no sólo en el punto de almacenamiento regasificación, quedando involucrados en la zona de riesgo la Capital Federal y todos los municipios que colindan con su recorrido: San Isidro, San Fernando, Tigre, Escobar, Campana,etc.

En este sentido para el caso de un proyecto similar en EEUU, y dado que es imposible controlar un accidente mayor con GNL, se opusieron el Ejército, Defensa Civil, los Bomberos, los Guardacostas (equivalente a la Prefectura Naval) entre otros responsables que debían actuar en caso de accidente.

Se violaría un amplio marco jurídico provincial, nacional e internacional, se falsearía documentación pública otorgando así distintas autorizaciones de manera de dar una apariencia de legalidad a las operatorias con buques regasificadores y metaneros en el km 74/5  del río Paraná de las Palmas, asimismo los controles establecidos -auditorias, certificaciones, etc.- se remiten exclusivamente al muelle de atraque de manera que ninguna instalación con GNL sería controlada. No cuenta con los obligatorios Seguros de Responsabilidad Civil ni con la Habilitación conforme la ley Nacional de Puertos, habilitación esta última que tampoco puede obtener porque las características del muelle precario excede su ámbito de aplicación.

En el año 2015, nuevamente sin respetar el debido proceso de evaluación de impacto ambiental, se reemplazaría el buque instalado por otro, que efectúa un proceso de regasificación altamente contaminante, y que requeriría a pleno funcionamiento de más de 700.000.000 de litros de agua dulce del río Paraná de las Palmas para ir calentando el gas del estado líquido a – 161 º C al estado gaseoso. El agua sería devuelta al Paraná entre 7 a 10 grados más fría y clorada -entre otras sustancias tóxicas- provocando un severo impacto ambiental tanto para la vida acuática como para la calidad del agua de la que se abastecen millones de personas, proceso conocido como “sistema abierto”, y que ha provocado “zonas muertas” incluso en mar abierto.

Ante los contundentes fundamentos presentados para que sea paralizado preventivamente el Muelle Precario, el Juez Federal de Campana Adrián González Charvay negó la medida. Ahora es la Cámara Federal de Apelaciones la que deberá evaluar la medida preventiva solicitada por la querella.


Asociación ambientalista del partido de Escobar.