La Cámara de Apelaciones roselverá sobre la exploración petrolera

Después de la presentación que hizo el Ministerio de Ambiente, quien consideró que son “absolutamente innecesarios o prematuros la cautelar dispuesta y los conjeturales impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino”; de la intervención del controvertido Juez Federal Alfredo López y de su error inverosímil (omitió notificar y dar intervención formal a las partes involucradas), ahora la Cámara Federal de Apelaciones tendrá que resolver si permite hacer la exploración sísmica frente a la costa bonaerense a las empresas Equinor, YPF y Shell.

Foto: Asamblea por un mar Libre de Petroleras

Por Javier Andrada .- En tanto, el secretario de Energía, Darío Martínez, sostuvo que el Gobierno apeló este fallo porque “sus fundamentos están desvinculados de la realidad, y genera profundo daño al desarrollo de la producción y a la generación de trabajo y actividad económica en las ciudades costeras”.

El juez Santiago Martín, a cargo del Juzgado Federal Nº 2 de Mar del Plata, dictó una medida cautelar en la que ordena la inmediata suspensión de la aprobación del proyecto de exploración sísmica en la costa bonaerense. De esta manera, el magistrado hizo lugar a las presentaciones hechas por ambientalistas autoconvocados, la Asociación Civil Casa del Trabajador, la Organización Comunitaria Naturaleza de Derechos y la Municipalidad de General Pueyrredon.

Foto: Flor Guzzetti

Entre los argumentos que frenan la actividad petrolera de la noruega Equinor en asociación con Shell e YPF, se tuvieron en cuenta los deficientes mecanismos de participación popular, sin la suficiente difusión; las falencias que hay en el estudio de impacto ambiental, y la falta de consulta al Municipio de General Pueyrredon.

Julio Hikkilo, abogado de la Casa del Trabajador indico que “El Estado tiene que rever todo lo que aprobó a fines de diciembre de 2021. En lo inmediato, esto implica que Equinor debe abstenerse de realizar las tareas de exploración, la resolución suspende la actividad sísmica. Ésta es una medida cautelar, no una medida definitiva, impide el inicio de la exploración”.

Además, señaló que el Ministerio de Ambiente se manejó en forma irregular: “no sé si fue por torpeza, si fue un error de comunicación o premeditación. La falta de un mecanismo eficaz para que los vecinos participaran, tampoco hubo información ni educación, no consultaron a las instituciones que debían; el Estado Nacional tuvo una mirada netamente economicista de la actividad y subestimó a la comunidad. No fue acertado el procedimiento previo, y después de la reacción popular el proceder fue vacilante. Si bien en el expediente se aportó documentación, fue insuficiente. El propio gobernador de la provincia (Axel Kicillof) cuando estuvo en la costa expresó que había que barajar y dar de nuevo”.

La difusión de la audiencia pública -no vinculante- se hizo de forma virtual y se dio a conocer sólo en dos diarios, Crónica y Pagina 12. El abogado sostuvo que “debería discutirse en cada universidad, en cada sociedad de fomento, en cada barrio, en cada pueblo de la región afectada; tendría que darse un debate abierto donde todas las variables sean tenidas en cuenta: la ambiental, la económica, la sanitaria y la social. No se puede aprobar el estudio de impacto ambiental que presentó la empresa interesada, debe hacerse un estudio efectivo. Aquí el mecanismo de participación, de información y educación fue irregular e insuficiente”.

La Asamblea por un Mar Libre de Petroleras manifestó mediante un comunicado su repudio “ante una nueva arremetida de los medios de desinformación oficialistas” que publicaron la foto del juez Santiago Martín con Sabsay y Esaín, y recordaron que éste último no forma parte de ninguno de los amparos presentados.

En el mismo sentido, Fernando Cabaleiro, de Naturaleza de Derechos, indicó que “es un intento por quitarle legitimidad a la medida y que el juez Santiago Martín tuvo en cuenta principalmente los aspectos relacionados con la falta de participación de la comunidad en un proyecto que va a tener un gran impacto ambiental”.

El acuerdo de Escazú (Costa Rica, 2018), firmado por la mayoría de los países de América Latina y el Caribe -entre ellos Argentina-, destaca la importancia de garantizar los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones y acceso a la justicia en asuntos ambientales. También tiene entre sus objetivos “el Principio Precautorio, el Principio de Máxima Publicidad y el Principio de Soberanía Permanente de los Estados sobre sus Recursos Naturales”.

Nada de eso fue considerado por el Ministerio de Ambiente que apuró el mecanismo de participación pública, como si fuera un mero trámite administrativo, para habilitar la exploración sísmica el 30 de diciembre de 2021 (resolución 436/21).

La respuesta de las comunidades costeras fue contundente, sobre todo en las calles de Mar del Plata. Las manifestaciones para oponerse a la explotación off shore son multitudinarias y heterogéneas. El proyecto no cuenta con licencia social y en ese contexto, de malestar creciente ante la posibilidad de la instalación de una industria contaminante y dañina para la biodiversidad, deberá resolver el Poder Judicial.