Caso Porta: será justicia, si hay Justicia Ambiental

La investigadora Cecilia Carrizo, especialista en temáticas socio-ambientales, repasa la emergencia que atraviesa la Zona Sur de Córdoba afectada por la contaminación de Porta Hnos. Desde el Derecho Ambiental todos los poderes del Estado son responsables.

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En el marco de la próxima audiencia, convocada por el juez Hugo Vaca Narvaja, para el día 07 de agosto, se resolverá el recurso de amparo presentado por lxs vecinxs contra la Secretaría de Energía de la Nación por estar la planta de bioetanol Porta Hnos. funcionando sin habilitación.

Por este motivo, desde el Enredando las mañanas, dialogamos con Cecilia Carrizo, docente e investigadora del Instituto de Investigación y Formación en Administración Pública (IIFAP) de la Universidad Nacional de Córdoba, que viene trabajando en torno a problemáticas socio-ambientales que emergen del modelo neo-extractivista. Y acompañando el proceso de lucha de lxs vecinxs de Zona Sur desde el inicio del conflicto. Cecilia nos compartió que su perspectiva de trabajo- junto a docentes, investigadorxs y estudiantes- parte desde la Justicia Ambiental y el Derecho Ambiental entendidos como “un nuevo sentido de justicia” con “plasmación efectiva en la vida de la gente”.

La investigadora de la UNC subrayó el nombre que lxs vecinxs pusieron a su espacio de asamblea y organización: Vecinos Unidos en Defensa de un Ambiente Seguro, VUDAS. “En ese momento [inicial de la organización vecinal] estaban los vecinos preocupados por una posible explosión de la fábrica. Problemática que sigue igual después de cinco años de trabajo. No ha habido ningún estudio, ningún operativo para organizar la evacuación de la zona. A pesar de las reiteradas explosiones que han sentido los vecinos.

Lamentablemente hay un sentido de la seguridad solamente vinculado con el delito menor, pero con estos grandes delitos estan ocultos, y pasan los años y no se solucionan”.

Es así que ante el lento proceso de la justicia, como también la falta de respuestas y el inocuo accionar del gobierno municipal y provincial frente a este conflicto que lleva ya cinco años, es que lxs vecinxs fueron organizándose a partir de dolor y de la enfermedad que avasalla sus cuerpos con afecciones crónicas como el asma, conjuntivitis, dermatitis, cefaleas, pólipos, e incluso malformaciones y abortos espontáneos. Entre tantas otras, son los efectos que produce respirar aire invadido de tolueno, formaldehído, etanol y muchos otros componentes químicos necesarios para la producción de este agro-etanol. El cuadro epidemiológico es grave, según los informes de salud del año 2013 y 2016, que realizó Reduas (Red Universitaria de Ambiente y Salud). Cecilia lo explicó recuperando nuestro derecho constitucional: “El ambiente esta resguardado por el daño que produce en la salud humana y no humana. Y en el caso de este barrio ya se han hecho tres relevamiento donde han encontrado situaciones de prevalencias de sintomáticas que son crónicas, que ya se han instalado”.

La investigadora afirmó, a su vez, que desde el punto de vista epidemiológico la situación es grave: “En ambiente se trabaja con datos epidemiológicos. No hace falta comprobar que este etanol produjo esta enfermedad sino que a partir de relevamientos que afectan a una mancha poblacional se puede trabajar y avanzar en decisiones concretas. Por eso es muy importante la tarea que vienen haciendo estos médicos de la Red UAS, en el sentido de un seguimiento sistemático. Esto nos lo enseño el doctor [Andrés] Carrasco en el juicio Ituzaingó [que juzgó fumigaciones con agrotóxicos ilegales].

Ciencia y principio precautorio

Cecilia Carrizo abrió la discusión sobre los criterios de cientificidad a la hora de recuperar pruebas sobre el daño ambiental en poblaciones que están siendo afectadas en su salud e integridad. Explica que “el Derecho Ambiental es un fruto de la ciencia del siglo XX, y del principio de indeterminación, y de la puesta en cuestión del principio de causalidad, al menos para cuestiones como estás. El principio de causalidad puede tener una validez circunscripta a un contexto específico pero en el caso donde se trata de intereses difusos, de salud pública, la cientificidad esta de este lado. El principio de indeterminación marca lo que es el principio precautorio. No hace falta que la ciencia se ponga de acuerdo, sino que hay que extremar las medidas precautorias, y hacer un sistema precautorio”.

Este sistema precautorio, o bloque ambiental, demarca la responsabilidad de todos los poderes del Estado. La investigadora detalló que en el caso de la empresa de Porta Hnos. existen desde violaciones a Leyes Nacionales con respecto a la regulación a las plantas de biocombustibles, violación a la Ley Provincial por la falta de informes de impacto ambiental, así como tampoco se encuentra dentro de las ordenanzas municipales. De esta manera advierte que “todo el sistema que tiene que asentar un principio precautorio no esta funcionando para esta planta. Esto es que lo que se entiende como sistema precautorio o bloque jurídico ambiental, que no es que se tienen que tirar entre un poder del estado y otro sino que todos son responsables. Todos tienen competencia concurrente y todos tienen que actuar. Y lo que nos encontramos aquí es que ninguno está actuando”. Cecilia lo plasmó en una paradoja contundente sobre el sistema normativo y su arbitrariedad y negligencia: “un club de barrio no puede organizar fiestas, pero sí una empresa de biocombustible puede producir biocombustible en medio de la ciudad. Lo que pone en evidencia una cuestión de mucha complicidad y un trabajo muy fino de la empresa”. Y nos da como ejemplo la caracterización que hace la empresa Porta en uno de sus informes: “no hay casas aledañas solamente a 30 metros”.
Por lo tanto, explicó la investigadora que acercaran todo lo que se viene produciendo desde una multiplicidad de disciplinas en estos 5 años, en esta instancia de audiencia al juez Vaca Narvaja: “para que tenga todos los elemento necesarios parar tomar una decisión que comprenda la vida, la salud de los vecinos en este reclamo de justicia”.

Como el modelo extractivista en su faz agroindustrial se combina con cultivos intensivos y agrotóxicos sin fines alimenticios. En relación, Cecilia remarcó la dimensión global del fenómeno: las plantas de bioetanol son un problema que está teniendo el mundo, no solamente Córdoba. Un modelo de cultivos para la industria que requiere generar biomasa, materia orgánica. Este modelo genera otras problemáticas: “nos está dejando sin árboles, sin alimentos, y por eso es una problemática mundial”.

El Amparo ambiental

Cecilia nos explicó cómo es el proceso judicial que se viene dando actualmente contra Porta. A partir de un amparo que presentan lxs vecinxs a la Justicia federal, porque hay una “Ley Nacional que dispone la que la autoridad de aplicación de las plantas de biocombustible es la Secretaría de Energía de la Nación”. En este lugar deberían estar registradas todas las plantas de biocombustibles de todo el país, pero “Porta no esta registrada”. Por ello, Carrizo subrayó: “el juez Hugo Vaca Narvaja convoca a esta audiencia en el marco del amparo que es para escuchar todas las voces que han pasado por el barrio y sobre todo la de los treinta afectadxs querellantes que son lxs que han presentado el amparo”. Desde ese momento se citará a toda la gente que ha trabajado el tema, y que haya estado junto con lxs vecinxs haciendo distintos tipos de estudios.

Se espera que la audiencia acordada para el 7 de agosto dure de uno a tres días, en la cual el juez podrá “tomar una decisión, y que ésta sea el cese del funcionamiento de la planta en ésta zona, y esperamos que también sea la remediación de barrio y, también, el resarcimiento del daño que han producido en los vecinxs”

RMNA