El texto en la Legislatura Provincial manifiesta el acompañamiento a los proyectos de ley relativos al reconocimiento a las provincias de la jurisdicción de 12 millas marinas sobre el mar territorial adyacente a sus costas.
El diputado provincial Félix Sotomayor (Frente para la Victoria) fundamentó un proyecto de resolución sancionado el martes último que declara de interés legislativo a proyectos de leyes presentados por el diputado Mario Pais y el senador Marcelo Guinle reconociendo a provincias marítimas la jurisdicción de 12 millas marinas.
El proyecto de Sotomayor manifiesta “el apoyo y acompañamiento, declarando de Interés Legislativo a los Proyectos de Ley relativos al reconocimiento a las provincias de la jurisdicción de 12 millas marinas sobre el mar territorial adyacente a sus costas”. Logró el dictamen unánime de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia.
En la fundamentación se alude a la iniciativa legislativa presentada por Guinle y Pais, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones parlamentarias, referido a la jurisdicción sobre el mar territorial adyacente a las costas de las provincias hasta una distancia de doce (12) millas marinas,
El de Guinle está en el Senado con el Expediente Senado de la Nación N° 112/12 – Ref. 4/10, en tanto que el de Pais está en Diputados con el Expediente N° 0838-D-2012.
ANTECEDENTES
“Tal como se argumenta en los proyectos aludidos, existe una grave discordancia en lo que respecta al Decreto-Ley 18.502 que atribuye la jurisdicción sobre el mar territorial adyacente a las costas de las provincias hasta una distancia de tres millas marinas medidas desde la línea de las más bajas mareas, salvo en los casos de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, en que se tomarán (las tres millas) desde la línea que une los cabos que forman su boca, colisionando gravemente con legislación posterior y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”, describe Sotomayor.
El Decreto-Ley 18.502 habla de mar territorial y determina la jurisdicción provincial sobre dicho mar hasta una distancia de tres millas marinas, medidas de igual forma que las previstas en el decreto ley 17.094. Posteriormente, en concordancia con la Tercera Conferencia Internacional sobre Derecho del Mar, la Ley 23.968 extiende la jurisdicción del mar territorial argentino, establece una zona contigua, la zona económica exclusiva hasta una distancia de 200 millas marinas.
“Como lo expresan los señores legisladores nacionales, no cabe duda de que la Nación dejó de lado la tesis antigua de las tres millas marinas a las que expresamente se refiere el Decreto-Ley 18.502, ya que el mar territorial indubitadamente es de doce millas marinas, a tenor de lo establecido en las leyes números 23.968 y 24.543, por lo que al no haberse derogado el Decreto-Ley Nº 18.502, aparecería el mar territorial dividido en dos porciones, una hasta las tres (3) millas de jurisdicción provincial y otra, desde las tres (3) millas y hasta las doce (12) millas de jurisdicción nacional, relativa ello en orden a la atribución de jurisdicción en materia pesquera y de hidrocarburos a las provincias litoraleñas”, argumentó.